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URVIO Revista Latinoamericana de Estudios de Seguridad

On-line version ISSN 1390-4299Print version ISSN 1390-3691

URVIO  n.29 Quito Jan./Apr. 2021

https://doi.org/10.17141/urvio.29.2021.4413 

Articles

La coerción extorsiva en Medellín, Colombia

Extortion and coercion in Medellín, Colombia

Coerção extorsiva em Medellín, Colombia

*Colmich, México; Instituto Popular de Capacitación - IPC- Colombia, eduardbull@hotmail.com,

**Instituto Popular de Capacitación – IPC, UNAULA, Colombia, ju.es.rios9@gmail.com,

***Instituto Popular de Capacitación – IPC, UNIMINUTO, Colombia, netupiromba@gmail.com,


Resumen

Pese a la reducción drástica en el número de homicidios en Medellín, de 6500 en 1991 a 526 en 2019, atribuida al urbanismo social y destacada internacionalmente como “modelo Medellín”, las otras formas de criminalidad no ceden. La violencia extorsiva representa uno de los más significativos retos al desarrollo de ciudades asediadas por mafias, como Medellín. Este artículo introduce una nueva perspectiva conceptual para analizar el impacto de las prácticas extorsivas en el orden social y económico. Se fundamenta en los hallazgos empíricos y en las categorías analíticas intermedias de tres investigaciones recientes sobre extorsión urbana, para identificar cómo las actividades ilícitas y lícitas se amalgaman entre sí, y con la dinámica local. La protección violenta, herencia mafiosa de la confrontación del cartel de Medellín con el Estado colombiano, se fortalece con la coerción extorsiva. Al tornarse cada vez menos cruento, sistemático y generalizado, el chantaje coercitivo ha producido en la ciudad el amalgamamiento de lo legal-ilegal, en un creciente número de dimensiones sociales.

Palabras claves: coerción extorsiva; Colombia; entornos cautivos; protección violenta; violencia mafiosa

Abstract

Despite the drastic reduction in the number of homicides in Medellin (from 6500 in 1991 to 591 in 2019) which has been categorized as social urbanism and internationally highlighted as a model, the other forms of crime do not relent. Violence intended for extortion is one of the most significant challenges to the development of cities besieged by mafias, such as Medellin. Relying on the empirical findings and intermediate analytical categories of three recent field investigations on urban extortion, this article introduces a conceptual perspective to identify how illicit and legal activities are amalgamated with each other, and with local dynamics. Violent protection, inherited from the confrontation of the Medellin drug cartel with the Colombian State, is strengthened by coercion intended for extortion. This systematic and widespread form of violence has allowed the amalgamation of the legal with the illegal in a growing number of social dimensions.

Key words: captive environments; coercion; Colombia; mafia violence; violent protection

Resumo

Apesar da redução drástica do número de homicídios ocorridos em Medellín, de 6500 em 1991 para 526 em 2019, atribuídos ao urbanismo social e reconhecidos internacionalmente como o modelo de Medellín, outras formas de crime não cedem. A violência de extorsão representa um dos desafios mais significativos para o desenvolvimento de cidades sitiadas por máfias como Medellín. Apoiado nos resultados empíricos e nas categorias analíticas intermediárias de três investigações de campo recentes sobre extorsão urbana, este artigo apresenta uma perspectiva conceitual para identificar como as atividades ilícitas e lícitas estão amalgamadas entre si e com a dinâmica local. A proteção violenta, legado mafioso do confronto do cartel de Medellín com o Estado colombiano, se fortalece com a coerção extorsiva. Essa chantagem coercitiva sistemática e generalizada tem produzido na cidade o amálgama do legal-ilegal em um número crescente de dimensões sociais.

Palavras-chave: ambientes cativos; coerção extorsiva; Colombia; proteção violenta; violência da máfia

Introducción

Desde hace 15 años, se ha hablado en Medellín de la existencia de fronteras invisibles, límites establecidos por la confrontación armada entre grupos (Suárez, Ramírez y Nieto 2018; Moncada y Lopera 2017; Moncada et al. 2018), cuyo traspaso físico ha sido “castigado” con la muerte. El inventario realizado hasta ahora en las comunas (distritos) 1, 2, 3, 4, 5, 6, 7, 8, 10, 13, 15 y 16 (mapa 1), y el corregimiento de Altavista es indicativo de la innegable ocurrencia del fenómeno en la ciudad. Sin embargo, no se había hecho la pregunta ¿fronteras de qué o entre quiénes?

Mapa 1 Municipio de Medellín 

Una indagación sobre las fronteras invisibles, a finales del año 2017, problematizó el concepto por su limitada comprensión cabal del fenómeno. En cambio, se propuso el concepto de campo securitario (Soto, Bedoya y Arredondo 2018, 18). Esto, por considerar que la expresión “fronteras invisibles” “encubre otras realidades y oculta dinámicas de poder. Se trata de una especie de velo que oculta las verdaderas relaciones e intereses de poder, además de los agentes que lo ejercen”.

Siguiendo esa línea de investigación, se realizó un estudio en el año 2019 sobre la coerción extorsiva en las comunas 10 (centro) y 15 (antigua zona industrial), donde se aporta una respuesta adicional. Existen territorios dentro de la ciudad rodeados de líneas fronterizas que albergan poblaciones sometidas a un nivel de control extorsivo, denominados por dicha investigación “entornos cautivos”. Algunos poseen dinámicas tan concentradas e intensas que pueden asumir la característica de verdaderas burbujas de seguridad o hasta polígonos de tiro (Duncan y Eslava 2015, 179).

La Alcaldía 2016-2019 luchó para impedir que se configuraran esos entornos en los parques centrales y en algunas periferias de la ciudad, pero lo que consiguió fue simplemente su readaptación (Ruiz y Páez 2016, 62). Generó una afectación de los derechos humanos que se sumó a la ya producida por la extorsión de las bandas, como se evidenció en un estudio realizado en 2020 (Arredondo et al. 2019). Además de la existencia de estos entornos cautivos o dominios monopolizados, el fenómeno que los acompaña -bastante desdeñado hasta ahora- es la articulación del nuevo sector de redes criminales a la economía y a la política legal, que en el presente artículo comprendemos como amalgamamiento.

La implantación en la “legalidad”, que no reduce su presencia a los entornos cautivos, es un factor determinante de la persistencia y la consolidación de la criminalidad organizada en la ciudad. Mientras “la protección e imposición de tributación a negocios informales e ilegales es el eje” (Block 1983, XX) sobre el cual gira y se amplía la coerción extorsiva, su forma tangible se plasma en la existencia de dominios monopolizados, donde grupos armados ejercen un control no menos eficaz. Ambas características de la criminalidad organizada en Medellín -el confinamiento interno de pobladores y el amalgamamiento legalidad-ilegalidad- reiterada e históricamente dejadas de lado por el modelo de ciudad que se ha desplegado, dan pie a preguntas por los límites de su ampliación progresiva y su impacto social y territorial.

Ese es precisamente el tema de este artículo, que avanza desde (1) historiar su constitución, (2) identificar en qué consiste el fenómeno, y (3) mostrar cómo el amalgamamiento es una práctica.

Así como en el dominio de la seguridad la diferenciación externo/interno es cada vez más inconsistente, al igual que aquella de seguridad/inseguridad o militares/policías, la ciudad está ante una correa de doble uso; una correa o cinta de Möbius entre lo legal y lo ilegal. Con Dávila (2018, 25) y Arredondo et al. (2019, 78-80) hemos llamado a dicho fenómeno amalgamamiento, introduciendo particulares connotaciones que este artículo explora.

El concepto no alude simplemente a que la ilegalidad haya “clonado” la legalidad o viceversa, o que sea reducible a un simple estado de desarrollo de una a otra (Gayraud 2017). Tampoco se están considerando únicamente los espacios legales en disputa como las cárceles, las aduanas o los sitios de expendio masivo de mercancías bajo vigilancia privada o pública, en los que inevitablemente hay un contacto y aun, tácitos procedimientos de intercambio con agentes criminales. Como se mostrará, lo que ocurre en Medellín es la convergencia permanente y extendida entre la legalidad y la ilegalidad. Cuando ese fenómeno no es transitorio, cuando subsiste y se empotra en las prácticas cotidianas de miles de personas, cuando se alarga más allá de las dimensiones políticas o económicas, requiere otro tipo de consideración, que comienza por renombrarlo. Consideramos que es amalgamamiento (Dávila 2018; Arredondo et al. 2019).

1. Historiando el estado del fenómeno

Se podría buscar las raíces del amalgamamiento en el surgimiento y la inserción en la ciudad del lavado de activos provenientes del tráfico de drogas, de la reventa de objetos robados, del reciclaje de partes de vehículos deshuesados, del surgimiento del chance pirata, de la regularización del almacenamiento y la promoción de ropa y zapatos de contrabando, de la proliferación de casinos de licencia mínima, de los expendios paramilitares de carne, de las panaderías 24 horas, entre otros. Su estado actual es la maduración de sucesivas incorporaciones históricas realizadas por la criminalidad organizada de la ciudad, nutridas a lo largo de los años con el saber hacer del contrabando, del tráfico de drogas, de la lógica miliciana, del modus operandi paramilitar y del conflicto armado Estado-guerrillas (Arredondo et al. 2019).

El origen común de gran parte de este y otros fenómenos, además del tráfico de drogas, es el contrabando de electrodomésticos, armas, cigarrillos y productos suntuarios. López y Camacho (2007), entre otros, han demostrado cómo los contrabandistas de aparatos de alta tecnología en Medellín, hacia los años 80, se insertaron en el contrabando de armas y en las redes de la cocaína, y más tarde se convirtieron en “redes empresariales” de la delincuencia organizada especializada en la protección violenta (Bedoya 2010).

Estas redes de contrabandistas nunca han dejado de operar. Su seguridad ha sido brindada por grupos proveedores de violencia, los que también han “protegido” negocios ilícitos como el tráfico de drogas y ejecutado la guerra política paramilitar (Koessl 2015), que desangró el movimiento social y de oposición durante las décadas pasadas.

El amalgamamiento, entendido como fusión de lo legal-ilegal en el campo económico, transita por la importación de mercancías de contrabando (textiles, zapatos, juguetes, electrodomésticos…) la producción y comercialización de mercancía pirata, los terrenos para construcción masiva de vivienda, la gestión del sector inmobiliario, la prestación de transporte público, la minería ilegal, la disposición de desechos, el tradicional cambio de divisas y el lavado de activos, los préstamos usurarios gráficamente denominados “gota a gota”, entre otros.

El caso de la explotación de juegos de azar como el chance, las loterías, las plataformas de apuestas y el traslado de dineros representan otro escenario prototípico de amalgamamiento. En 2006 se conformó, bajo el Grupo Réditos, un conglomerado de siete empresas de apuestas y pagos. Extendido luego de 10 años por los 125 municipios del departamento de Antioquia, ha logrado tal éxito que ya se conoce como el Modelo Gana, en honor a una de sus empresas. Es una red tecnológica surgida de las apuestas ilegales, que en la actualidad ofrece servicios de giros, recargas, recaudos, pagos seguros, juegos, hasta el punto de que el sorteo del chance aporta el 50 % de los ingresos provenientes de más de 5000 tiendas de barrio (Grupo Réditos 2021).

Pero los amalgamamientos más notorios y enraizados son aquellos producidos en el campo de la seguridad: los que se producen en los entornos cautivos, la práctica policial en zonas y sectores compartidos con las bandas o combos, los que se producen en el funcionamiento de empresas privadas de vigilancia y la venta al menudeo de sustancias psicoactivas. Entornos cautivos no solo son amplios territorios en los barrios bajo control armado (como Santa Cruz, Aranjuez parte baja, Aures 1 y 2, Enciso, Salvador y Buenos Aires), sino también los territorios de los municipios vecinos de Bello y Envigado, bajo control armado no legal. Así, el paisaje de entornos cautivos amplía significativamente su emplazamiento, y no solo hacia aquellas “laderas periféricas” del Valle de Aburrá.

Existen también lugares del centro de Medellín protegidos públicamente a través de grupos de vigilancia que hacen presencia permanente y no portan armas de manera visible, denominados Convivires,1 como el sector de la estación Prado del Metro, la calle Barbacoas y el Parque del Periodista.

Otros entornos cautivos son grandes espacios como El Hueco, que concentra más de 10 000 tiendas de ventas de mercancía, en su mayor parte de contrabando o “pirateada”, y espacios de otros centros comerciales como el Palacio Nacional, el Obelisco o la Cascada, cuyo reconocido y efectivo aseguramiento frente a la delincuencia común no es obra de la Policía ni de su esquema operativo denominado “cuadrantes de vigilancia”. Incluso, cómo se localizan y desplazan los habitantes en situación de calle en el centro de la ciudad, corresponde al haber sido amalgamados a los proyectos de deterioro y compra a menor precio de locales comerciales del centro (Arredondo et al. 2019).

Los vínculos entre Policía y criminalidad son facilitados por su interacción con el crimen, su adscripción territorial y su búsqueda de otros ingresos. La Policía es más proclive a caer en amalgamamiento por su alta exposición, y la relativa indefensión de la persona que rutinariamente encara el contacto, por lo que su conexión con la criminalidad siempre ha sido un asunto de exploración y debate.

Hay una lógica regularizadora de los recursos que “entran” y legalizadora de los que salen, en la transacción legal-ilegal, lógica que impone y dinamiza el amalgamamiento una vez que se consolida. Pero los problemas comienzan precisamente cuando la direccionalidad biunívoca depredador-depredado se retroalimenta; cuando los beneficios comienzan a ser mutuos y colectivos; cuando se torna difícil separar los “malos” de los oficiales. En esos casos, se produce mucho más que una labor predatoria, o parasitaria. La simbiosis será así un desarrollo nuevo de la coerción extorsiva.

La evolución de la criminalidad territorial en la ciudad hacia la captación de créditos, la oferta de empleo y la reapertura de negocios criminalmente expoliados o expropiados era previsible, siempre y cuando el sector formal se abriese a esa posibilidad, en un proceso histórico que ya ha comenzado a ser al menos identificado (Moncada 2013; Abello 2015). No así los amalgamamientos que vinieron asociados con él.

La coerción extorsiva era considerada un problema menor por la narrativa periodística y gubernamental. Pero tras ese letargo noticioso y la proclividad de las políticas municipales, se ha consolidado en la ciudad la capacidad de organizaciones criminales para forzar a otras, criminales o no, a “hacer lo que ella determine sin tener que recurrir a continua agresión física o a depredación violenta, con el propósito de bajo ciertas circunstancias, ganar y mantener el control monopólico del mercado” (Bedoya 2010, 9).

2. A propósito de lo amalgamado

El amalgamamiento es más que interacción. Es la condición de existencia de más y más actividades económicas, sociales, políticas y de aseguramiento armado en la ciudad. Constituye una “realidad” social, no solo un estado de transición, ni la accidental ocurrencia de acciones puntuales transgresoras. No se capta simplemente, ni se expresa plenamente por la idea de redes económicas entre los que se involucran. Saber cruzar la puerta giratoria, para deslizarse de un lado a otro, es un saber inestimable en eventuales dinámicas2 híbridas o mixtas como las de Medellín.

El amalgamamiento gestado en Medellín, contrario a la mirada simplista del fenómeno, no es un asunto de interdependencia de esferas legal-ilegal, ni se capta con una mirada estática, como si hubiese muros entre una realidad y otra, o como si el continuum largamente vivido entre una y otra no hubiese pasado a una etapa nueva. Ciertamente hay transiciones entre un dominio y otro, pero son dinámicas, ya que la imbricación es la práctica dominante.

3. El amalgamamiento legal-ilegal, una práctica de gana-gana

El amalgamamiento configuraría una especie de tercer tipo de pluralismo de lo legal, calificado como interlegalidad, si seguimos los hallazgos de Boaventura de Sousa Santos (1987) en la favela por él llamada Pasargada. Para Santos (2002, 437), existen “diferentes espacios legales superpuestos, interpenetrados y mezclados”, tanto en nuestras mentes como en nuestras acciones. La interlegalidad no es una entidad fija. En “estos tiempos de legalidad porosa o de porosidad legal” es “la contraparte fenomenológica de la pluralidad legal” (Santos 2002, 431).

En nuestro caso, empero, sería algo diferente a lo que Santos (2002, 473) caracteriza como zonas de contacto entre la legalidad demoliberal y la legalidad cosmopolita. Si bien existen relaciones asimétricas de dominación y subordinación, no estamos registrando en dicho encuentro simple “violencia, coexistencia, reconciliación o convivialidad”, sino acoplamiento. No es un orden dual, porque no existe paralelamente.

Veinte años después de Río de Janeiro, David Goldstein encontró en Cochabamba, Bolivia, un fenómeno parecido, que llamó outlawed (proscrito), en una especie de analogía distópica con la teoría de Santos. Para Goldstein (2012, 3), existe una tierra baldía en la que la gente es proscrita (outlawed). Viven fuera de la protección de la ley del Estado, “aunque están sometidos de manera múltiple a sus limitaciones; ellos deben funcionar sin los beneficios de la ley, pero son criminalizados como ocupantes ilegales del espacio urbano y perpetradores de justicia pandillera”.

Ese proceso de doble cara, de “inclusión negativa y exclusión arriesgada […] retoma diferentes formas como el Estado produce y perpetúa inseguridad aun si ella establece un cierto tipo de orden” (Goldstein 2012, 29). En los espacios de la vida contemporánea en los que los “derechos humanos y la justicia se han vuelto simple slogans de un ‘Estado fantasma’, incorpóreo, algunas veces tan espantoso, siempre vacilante en los bordes de la percepción” (83), surgen bien “interlegalidades”, “criminalidades” o amalgamamientos como los que constatamos en el caso de Medellín. Este artículo se orienta a tipificar ese “no lugar”.

La coerción extorsiva implica un tipo de acercamiento entre el que extorsiona y su “cliente”. La vigilancia criminal sostenida, el cobro periódico, la alimentación silenciosa de la amenaza y la agresión latente que, sin embargo, no se materializa, generan un ambiente, construyen un entorno relacional que se va normalizando con su ejercicio.

El amalgamamiento es un fenómeno multidimensional (económico, social, político y cultural) que desarrolla canales de flujo mutuo y consolida redes en su despliegue. No constituye un solo fenómeno, por lo que dispone de múltiples socios y enlaces, o sinapsis. La asimetría entre unos y otros se navega y se mueve, pero lo propuesto aquí es entender que en determinadas circunstancias se “rutiniza” en una práctica consuetudinaria. Dado que, como señalan Arredondo et al. (2019), no existe un solo concepto que pueda capturar el amplio rango de prácticas de seguridad/inseguridad que se producen en la ciudad, más bien lo que se encuentra es un neto caleidoscopio. El amalgamamiento es una de esas prácticas.

El amalgamamiento como práctica

Las prácticas podrían conceptualizarse, amparándonos en Reckwitz (2002, 249), como un “tipo rutinizado e intencionado de conducta social que consiste de muchos elementos interconectados unos a los otros”, que van desde “formas de actividades corporales, formas de actividades mentales, cosas y su uso” hasta la disposición de “un conocimiento de fondo en la forma de comprensión y en el ‘saber hacer’”. Además de su sistematicidad, su interconexión, la producción y disposición de conocimientos específicos, una práctica implica un estado de emoción y conocimiento motivacional intencionado.

Más precisamente, el amalgamamiento legal-ilegal consiste en acciones intersubjetivas que son modeladas por las rutinas, los habitus heredados en la ciudad en diferentes campos sociales referidos a poblamiento, recurso y organización de la violencia, así como desempeño colectivo. Una práctica no es siempre el resultado de un diseño a través del cual las metas hubiesen sido establecidas, siguiendo una agenda predeterminada.

El amalgamamiento sería una de las cuatro categorías de prácticas centrales en esta especie de institucionalización de las acciones criminales: 1. práctica de drenaje de recursos territoriales; 2. práctica de aleccionamiento; 3. práctica de adoctrinamiento en la coerción extorsiva y, por último, 4. práctica de amalgamamiento.

Diego Gambetta (1993, 24) identificó tres tipos de prácticas en la Sicilia de los 90: “Protección frente a otros depredadores, solución de disputas y forzamiento en el cumplimiento de acuerdos y contratos”. Pero al cabo de 30 años de sucederse en un territorio estable y con el trasfondo de políticas que las apuntalaron, la novedad en Medellín es encontrar que ellas se han desarrollado y convertido en verdaderas y sistemáticas acciones de intervención, una de las cuales es ya sujeto de actuación no solo desde la ilegalidad. Un vistazo a las otras tres categorías de prácticas, que son a su vez producto y productoras de amalgamamientos, y que configuran sus condiciones de posibilidad, nos permite figurarnos su entramado.

Práctica de drenaje extorsivo

La direccionalidad de los recursos captados va de lo ilegal a lo legal, y de abajo hacia arriba. El sentido acumulador del drenaje se origina en “lo ilícito”, pero su destino es lo lícito, porque ambos escenarios son creados con el propósito de trasladar el uso de dichos recursos, desde los grupos sometidos a un determinado poder, hacia centros de acumulación. Las bandas del centro del Valle de Aburrá3 no están aisladas; están asociadas, “pertenecen”, “trabajan” en asociaciones. Es prácticamente imposible sobrevivir en aislamiento del entramado empresarial criminal, lo que significa que los recursos obtenidos no solo circulan al nivel de su captación, sino que alimentan cadenas de drenaje hacia cúpulas de mayor poder.

El drenaje tiene una lógica horizontal que “repta sobre el territorio” y que puede explicar “el crecimiento y alcance de las prácticas extorsivas instauradas”, pero también otra lógica: “Una dinámica vertical o ascendente que nos permite observar los encadenamientos de intereses que drenan hacia arriba los recursos” (Arredondo et al. 2019, 86). Esto no se reduce al lavado de activos, sino que incorpora inversiones, aporte a actividades públicas de presencia, como la realización de fiestas y la celebración de aniversarios, el gasto en lujos, entre otros.4 El drenaje extorsivo es también un mecanismo social de disputa de recursos que está sometido a las leyes de la propiedad privada legalizada, por lo que se debe dotar de mecanismos de acumulación.

En la dimensión socioeconómica, el drenaje no es resultado solo de la competición dentro de la criminalidad organizada, o un espacio circunscrito a las cuatro ciudades del centro del Valle de Aburrá, sino de la competición feroz dentro de la privatización trasnacional. Lo clandestino no es solo el caldo de cultivo de lo criminal, sino de lo no público, de lo privatizado, que es reservado por naturaleza. A mayor mercantilización, mayor obligación de imponerse en la competición, por la extracción de recursos.

Los drenajes son tendencialmente hegemónicos, pues funcionan creando no solo un desbalance, sino la monopolización y la exclusión. Su tendencia es cero competencias y eso es contradictorio: ponen barreras, pero necesitan sobrepasarlas.

La reutilización de recursos drenados desarrolla una capacidad de competición regional y transnacional. La transnacionalización de negocios crea mayores posibilidades de instaurar “cabezas de playa” en otras latitudes, a la usanza de la expansión de los monopolios corporativos. Sin embargo, la paradoja es que, incrementando la inversión trasnacional (por ejemplo, en préstamos usureros “gota a gota”) y el aprovechamiento de los recursos, se afecta la competición interna en un ambiente de enclave armado monopolizado, como el que se tiene en Medellín.

La dimensión de los entornos en los barrios que podrían fungir como retaguardia territorial de dichos grupos es muy diferente al tipo de anclaje territorial que se produce en el centro de la ciudad, pues allí el espacio público es un recurso que asume otro valor y su control demanda otras estrategias. El drenaje asume lógicas diferenciadas en los territorios y en el espacio público central de la ciudad.

Práctica de aleccionamiento

La práctica de aleccionamiento se identifica por la prioridad forzada que debe darse a “un negocio criminal en un territorio determinado”, que permite explicar por qué “no hay, por ejemplo, extorsión en el área de una plaza de vicio” (Arredondo et al. 2019, 82); por qué se imponen o negocian franquicias en las zonas bajo su control, y por qué las confrontaciones entre bandas en el centro de la ciudad se originan y respaldan desde territorios de su asiento.

La reducción drástica de homicidios en los territorios controlados establemente por bandas constituye un indicador muy poderoso de la presencia de la práctica aleccionadora. Serían al menos 11 zonas de la ciudad las denominadas “polígonos” por los investigadores del Centro de Análisis Político de EAFIT (Duncan y Eslava 2015, 179). En efecto

en el equivalente al 10,6 % del suelo urbano de la ciudad (11,78 km2) se concentra en promedio el 32 % (4743) del total de homicidios registrados en Medellín durante el periodo 2003-2013 [...] y no todos los polígonos tienen un área similar; algunos son más grandes que otros, pero todos muestran una alta densidad en el homicidio (Duncan y Eslava 2015, 187).

En un terreno amalgamado confluyen diferentes estructuras de poderes públicos, institucionales y criminales, que crean un ambiente de puntos de vista normativos contradictorios, pero establemente entretejidos. Un entorno cautivo se entiende, en consecuencia, como un “espacio territorial del tejido urbano donde se ha operado una sujeción a la protección violenta destinada a perpetuar formas de dominio territorial (no necesariamente en competencia con el Estado) que presentan dinámicas particulares de control y uso del territorio” (Arredondo et al. 2019, 76).

Los actores ahí no están restringidos por factores como el acceso expedito a recursos o la negación práctica de prescripciones como respetar la competencia comercial, no apoyar la corrupción, entre otras. En un entorno cautivo, se configura un “medio ambiente” de intereses diversificados y visiones forzadas de aprobación. No estamos ante un ambiente de verdad, sino de confianza; no de portadores de la corrección, sino de sujetos leales a un patrón. No son lugares de no derecho, de desorden o de inexistencia de un orden, porque el orden criminal también es un orden (Dávila 2018).

Con la diversificación y la especialización de mercados, se ha ido diferenciando entre las labores de poder territorial y las de realización del mercado. Su adscripción al territorio -cuando es cautivo y cuando no lo es- diferencia claramente una práctica de violencia cruenta de una no cruenta. Estos actores incluso pueden prestar servicios sociales como atender la violencia doméstica, solucionar conflictos vecinales o aquellos propios de los negocios, cuando una de las partes o las dos son informales o no legales. Pero los empresarios de violencia necesitan crear un mercado de miedo y alimentar periódicamente la sospecha. Esto se hace a través de prácticas aleccionadoras de agresión, amenaza y uso contenido de la violencia. Los medios de comunicación corporativos y el conteo estadístico de muertos se encargarán de su promoción.

Práctica de adoctrinamiento

La empresarización de la coerción extorsiva es un fenómeno territorialmente expansivo, que crea un anclaje social particular. Es bien conocido que la relación profunda con su territorio resulta el principal factor de legitimidad de un grupo criminal (Sánchez y Meertens 2000), pero hacer el espacio más organizacionalmente resistente a los cambios, a las intervenciones externas -como sucede con el barrio Antioquia, quizás el primero y más consistente entorno cautivo de la ciudad- demanda transformaciones cotidianas en la cultura. Esto se consigue por el adoctrinamiento.

En Medellín se produce una transformación radical del orden social, imperceptiblemente estructurado por el recurso en masa a prácticas criminales en sus medios y capitalistas en sus fines.

El fenómeno “pedagógico” no se produce al margen del Estado, sino que es heredero de complejos fenómenos locales y nacionales. Trasciende los aprendizajes de los estudiados hibridajes criminalidad-rebeldes (Giraldo y Duncan 2013) y es aún menos entendible bajo conceptos como “subcultura criminal”, “redes criminales” o “reciclaje social”, pues no se trata solo de las posibilidades de realización social que los criminales logran gracias a los recursos que han obtenido. Hay una verdadera escuela de criminalidad en obra.

Conclusiones

Luego de tres décadas sometida al ejercicio de la violencia contenida, que simplemente ha cambiado de operador, pero no de sentido, Medellín está apenas advirtiendo que la coerción extorsiva cotidiana, sistemática y prolongada, amalgama las relaciones entre la población extorsionada y los grupos empresariales de calle y de oficina que la usufructúan.

La coerción extorsiva, al consolidarse, ha acarreado en la ciudad no solo la irrupción de un sector empresarial nuevo -la protección violenta-, sino también la creación ficticia y transitoria de fronteras, la mezcla cuántica de legalidad e ilegalidad, la consolidación urbana de prácticas como el amalgamamiento de lo lícito-ilícito, al igual que otras prácticas como el drenaje extorsivo, el aleccionamiento de poblaciones cautivas y el adoctrinamiento en masa. Esa violencia organizada se ve afectada por las intervenciones de las políticas gubernamentales, pero está lejos de sufrir un cambio de tendencia.

Las crecientes restricciones ilegales y reales que las bandas y oficinas del crimen producen al ejercicio de derechos como la movilización, la libre expresión, la asociación y el trabajo no obedecen solamente a la irrupción de un gobierno criminal dentro del crimen organizado, ni son coyunturales (Arredondo, Ríos y Bedoya 2019). Son signo local del desplazamiento del modelo liberal hacia dimensiones autoritarias, pero no puede afirmarse que representan una tendencia regional estructural de la democracia liberal en curso. En ese primer sentido, sí es posible aspirar a modificarlas.

Presentar los cambios en los patrones de reproducción de la violencia como la creación de un nuevo orden criminal (Dávila 2018) representa un gran paso frente al mutismo al que había sido relegado, por el ruido de los galardones internacionales recibidos por las administraciones municipales, arduamente trabajados por sus oficinas públicas y de comunicación. Pero fácilmente puede camuflarse como la presencia de órdenes paralelos. Incluso, ya fue incorporado en la lectura de la plataforma Medellín pa’ donde vamos (Padondevamos 2021), que se propone recuperar los senderos trazados por el venido a menos Modelo Medellín.

Como nueva hipótesis de trabajo, nos planteamos si la capacidad de amalgamamiento es el recurso más valioso desplegado por la consolidación de las bandas y loa empresarios de criminalidad en la ciudad, y si la adscripción al campo de seguridad construido en el centro del Valle de Aburrá garantiza de alguna manera tener contactos, redes y recursos para desplegar el amalgamamiento. Interesaría explorar, de igual manera, las condiciones relacionales que constituyen y reconstituyen el vínculo y la eventual asociación con el espacio legal formal del Estado, a cargo de instituciones como la Policía.

¿Cuáles son las técnicas y los nuevos sensores para leer una realidad que simula un espejismo inasible, una realidad cuántica, un estado de cúbit en el que un lado puede fácilmente convertirse en el otro, pues no son binarios? Para captar el amalgamamiento de lo legal-ilegal y de la seguridad-inseguridad que viene ocurriendo en la ciudad, además de abandonar la rigidez de legalidad e ilegalidad como conceptos esenciales, habrá que enfatizar sus manifestaciones y efectos, la forma como ellas se distinguen entre sí y las prácticas que las nutren. Antes de la intervención política, la exploración etnográfica tiene la palabra.

Bibliografía

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1Su número es variable y difícil de establecer, no solo por su control clandestino, sino por su inestabilidad. Para 2016, Alexandra Abello Colak (2018, 307) calcula su existencia en 35.

2Cuando hablamos de hibridez, no nos estamos refiriendo simplemente a la interacción física, alternación, complemento o tolerancia mutua entre los oficiales del Estado y las bandas, tal cual se argumenta en Abello y van der Borgh (2018, 7-8).

3Se dice que existen entre 90 y 100.

4Su condición de prestarse a intervenir en acciones originadas desde instituciones del Estado, como ejercicio de violencia política, y aun su mera permisión por Estados bien constituidos como el colombiano, obligaría a pensar igualmente que esta lógica vertical tiene también una vía de descenso que le da razón de ser. Cuando Volkov (2002) habla de la doble extorsión, presente en toda gran organización de empresarios de violencia, como la que nos ocupa, explora la eventual extorsión que se produce sobre dichas asociaciones criminales desde instancias del Estado, para poder garantizar su funcionamiento. Este fenómeno no ha sido estudiado aún en nuestro medio.

Recibido: 23 de Marzo de 2020; Aprobado: 01 de Junio de 2020

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