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Estado & comunes, revista de políticas y problemas públicos
versión On-line ISSN 2477-9245versión impresa ISSN 1390-8081
Resumen
MORETA NEIRA, Andrés Sebastián y CARDENAS CIFUENTES. Interrupción del plazo de caducidad de la acción subjetiva por interposición de una acción de protección en Ecuador. E&c [online]. 2022, vol.1, n.14, pp.17-35. ISSN 2477-9245. https://doi.org/10.37228/estado_comunes.v1.n14.2022.240.
Este artículo replantea el razonamiento extendido entre jueces y la doctrina respecto de la no interrupción del plazo de caducidad de la acción subjetiva o de plena jurisdicción, ni aun en el caso de la interposición de una garantía jurisdiccional sobre el mismo acto administrativo. Este artículo recurre a sentencias de la Sala de lo Contencioso Administrativo de la Corte Nacional de Justicia y la Corte Constitucional de Ecuador, las cuales se han pronunciado en contra de la posibilidad del anterior recurso de amparo, criterio que puede ser debatido por la naturaleza jurídica de la acción de protección y la vigencia del Código Orgánico Administrativo (COA) que incorpora nuevas reglas de la nulidad de los actos administrativos. Para ejemplificar, se presenta un caso hipotético: una sentencia favorable obtenida en primera instancia en vía constitucional que es revocada en apelación, sin observar los plazos normativos para resolver este recurso judicial, lo que ocasiona que fenezca el plazo para acudir a la sede contenciosa administrativa con la consecuente traba innecesaria de acceso a la justicia.
Palabras clave : caducidad; acción de protección; traba irrazonable; acceso a la justicia; actos confirmatorios; acción subjetiva.