El concepto de crimen corporativo más aceptado es de tipo legal, es decir, aquel cuyo proceso acabó en la condena de una la empresa ( Mokhiber 1988 ). No obstante, esta definición protege del rótulo “criminal” a un infinito número de prevaricaciones empresariales que son socialmente perjudiciales, excluyendo todos los actos que no son prohibidos por el Estado, por la influencia ilegal de quienes transgreden el proceso de legislación ( Kramer 1984 ; Mokhiber 1988 ).
En Brasil, en lo que se refiere a los crímenes ambientales, la responsabilidad de la persona jurídica está regida por lo dispuesto en el artículo 3 de la Ley de Crímenes Ambientales 9605/98, el cual responsabiliza administrativa, civil y penalmente a las personas jurídicas, sin excluir a las personas naturales autoras, coautoras y partícipes del mismo hecho por las infracciones perjudiciales al medio ambiente ( Ley de Crímenes Ambientales de Brasil 1998 ).
Algunos investigadores entienden que este dispositivo puede generar la irresponsabilidad de la persona jurídica, dada la imposibilidad de adecuar los estatutos tradicionales de la teoría general del crimen a la hipótesis del delito por parte de la persona jurídica ( Costa Neto et al. 2001 ). Al analizar el crimen empresarial ambiental, la Ley de Crímenes Ambientales 9605/98 materializa y visibiliza los dispositivos sobre el medio ambiente que están estipulados en la Constitución de Brasil de 1988, además de atender las recomendaciones de la Agenda 21[ 1 ] aprobada en 1992 en la Conferencia de las Naciones Unidas sobre Medio Ambiente y Desarrollo. De esta forma, dicha ley incluye la posibilidad de responsabilidad penal de la persona jurídica en el contexto ambiental ( Gentile y Duarte 2005 ).
En un escenario en el que la responsabilidad socioambiental corporativa (RSC) es evidente, cabe a la sociedad exigir una posición más comprometida y ciudadana. Las corporaciones tejen un discurso de políticas y acciones para reducir riesgos potenciales de su conducta, generando valor para la empresa. Sin embargo, los crímenes corporativos ambientales son frecuentes: la Agencia de Protección Ambiental norteamericana realizó un estudio sobre catástrofes provocadas por la industria química e identificó, durante el período de 1963 a 1988, 17 casos cuyos niveles y volúmenes de toxicidad superaron el de Bhopal, India.[ 2 ] Por otro lado, el Centro Nacional de la Ley Ambiental norteamericano identificó, en Estados Unidos, cerca de 35 mil accidentes en la industria química entre los años 1988 y 1992 ( Pearce y Tombs 1999 ).
En esta investigación, se analizan los discursos de responsabilidad social de una corporación protagonista de crímenes ambientales, orientándonos por el objetivo de identificar la relación entre estos discursos y el delito corporativo. Se optó por el uso de un nombre ficticio para referirnos a la mencionada empresa, denominándola ENFERMA, la cual está ubicada en la ciudad de Uberlândia, Minas Gerais, Brasil, y se dedica a la producción y faenamiento de cerdos. Como procedimiento metodológico, se realizó una investigación documental a través del análisis de archivos correspondientes a las industrias, los cuales están disponibles en la Secretaría de Medio Ambiente de la Alcaldía de esta ciudad, así como en el sitio web de la corporación objeto de estudio. Se analizan como fuente de evidencias la documentación relacionada con los crímenes ambientales, registros, publicaciones y comunicados referentes a las acciones de responsabilidad social realizadas por esta corporación.
Este artículo está estructurado en cuatro partes. En la primera, se indican las bases teóricas de la investigación; en la segunda parte se describen los procedimientos del estudio; y en la tercera parte se presenta el análisis de los resultados.
Crímenes corporativos ambientales: aspectos conceptuales
Los estudios que tratan sobre crímenes corporativos forman un conjunto ecléctico de conceptos y temas que, surgiendo de corrientes teóricas diferentes, presentan divergencias considerables. Por ejemplo, algunos estudiosos del tema argumentan que el concepto de crimen corporativo es estricto al referirse exclusivamente a las condenas criminales y violaciones de leyes ( Shapiro 1990 ; Tappan 1947 ). Otros proponen la ampliación de este concepto para incluir las violaciones a las leyes civiles y regulatorias, así como las violaciones a los estatutos criminales específicos ( Clinard et al. 1979 ; Schrager y Short 1978 ). Asimismo, otro grupo de autores considera que las definiciones del Estado para lo que es crimen deben ser abandonadas y sustituidas por otras que tomen en cuenta los derechos humanos, considerando la capacidad de las corporaciones para influenciar en la elaboración y aplicación de leyes de acuerdo con sus intereses ( Michalowski y Kramer 1987 ; Pearce y Tombs 1999 ).
Schrager y Short definen el crimen corporativo u organizacional como los
actos ilegales de omisión o acción de un individuo o un grupo de individuos en una organización formal legítima, de acuerdo con los objetivos operacionales de la organización, que tienen impacto físico o económico grave sobre empleados, consumidores o el público en general ( Schrager y Short 1978, 412 ).
Según esta definición, la intención se da si la acción u omisión (negligencia) ocurre con la finalidad de alcanzar los objetivos operacionales de la organización, cometiendo así actos ilegales para obtener ganancias personales y generando, además, consecuencias graves tanto físicas como económicas para empleados, consumidores y público en general.
En cuanto a la tipología de crímenes corporativos, Schrager y Short (1978) analizan las relaciones de la corporación con las variables fundamentales para su operación: personas (relaciones de trabajo); mercado (relaciones de consumo); y recursos (relaciones con la comunidad/medio ambiente). En Brasil, la ley incluye una tipología de crimen corporativo: el crimen ambiental, incluido a partir de la preocupación mundial por las problemáticas ecológicas. De acuerdo con Guimarães, la atención del planeta hacia la crisis ambiental comenzó en la Conferencia de Estocolmo en 1972 y alcanzó su punto máximo en Río de Janeiro, 20 años después, cuando fueron establecidas las bases para una nueva concepción de desarrollo. Por lo tanto, décadas después de esta Conferencia no debería haber duda de que, entre la era del Medio Ambiente Humano (Estocolmo 72), del Ambiente y el Desarrollo (Río 92) y del Desarrollo Sostenible (Johannesburgo 2002), la percepción del mundo sobre la crisis ambiental se transformó de forma irreversible ( Guimarães 1992 ).
A pesar de la existencia de esta percepción sobre el desarrollo sostenible, el comportamiento corporativo irresponsable continúa afectando gravemente el medio ambiente y la salud de las poblaciones, y las empresas responsables por estos crímenes huyen de sus obligaciones ( Greenpeace 2002 ). El informe realizado por Greenpeace (2002) indicó que empresas en Brasil dejan de indemnizar y/o apoyar a las comunidades afectadas y evitan las obligaciones en áreas contaminadas, violando derechos humanos y de la comunidad al dejar de seguir, relatar y ofrecer información sobre sus procesos industriales. El informe concluye que cada vez es más difícil garantizar que las empresas sean responsabilizadas por sus crímenes.
Al analizar este contexto de encontrar responsables de los crímenes ambientales, siguiendo las directrices trazadas por la Declaración del Medio Ambiente adoptada en la Conferencia de las Naciones Unidas en la Convención de Estocolmo, la Constitución brasileña (1988) dispone en su artículo 225 que el poder público y la colectividad tienen el deber de proteger el medio ambiente. Esto indica que la Constitución Federal tutela la necesidad de la preservación ambiental, la reparación de los daños causados y la sustentabilidad ecológica ( Gentile y Duarte 2005 ). De esta forma, se entiende que el poder público y la colectividad son agentes de la acción defensora y preservadora del medio ambiente, es decir, no corresponde a un rol aislado del Estado el “hacerse cargo” del bien ambiental ( Machado 2006 ).
En Brasil, la Ley de Crímenes Ambientales (1998) establece las sanciones penales y administrativas para las personas naturales y jurídicas que practican conductas y actividades perjudiciales para el medio ambiente. Con esta ley se marcó un momento histórico para que las instituciones brasileñas reconocieran las conductas criminales relacionadas con el medio ambiente. En el artículo 54, sección III, de la contaminación y otros crímenes ambientales, se expone que:
Causar contaminación de cualquier naturaleza en niveles tales que resulten o puedan resultar en daños a la salud humana, o que provoquen la mortalidad de animales o la destrucción significativa de la flora merecerá pena de prisión de uno a cuatro años y una multa. Si el crimen es culposo, la pena disminuye a prisión de seis meses a un año, además de multa ( Ley de Crímenes Ambientales de Brasil 1998 ).
Paralelamente al momento en que surgió la legislación sobre crímenes ambientales, las corporaciones brasileñas empezaron a tejer un discurso de responsabilidad socioambiental y a pregonar prácticas que minimizan los impactos de su actividad. No obstante, de acuerdo con las críticas a las conductas corporativas, esa disminución no está siendo implementada, lo que sugiere una distancia entre el discurso y la práctica ( Banerjee 2008 ).
Responsabilidad socioambiental: el discurso y las críticas
En los últimos años, las corporaciones brasileñas divulgaron una preocupación mayor por los problemas socioambientales como consecuencia de los cambios impulsados por el desarrollo de la legislación ambiental y de una mayor exigencia por parte de la sociedad y del mercado ( Christensen et al. 2013 ). Se pretende un desarrollo ambiental y socialmente sostenible; no obstante, en la práctica los principios de protección del desarrollo sostenible son considerados una restricción para el crecimiento económico, situación que ha limitado la capacidad pública para frenar la contaminación del medio ambiente ( Carroll 1998 ).
Sin embargo, se pasó a entender que si la postura de la empresa representa una actividad socialmente responsable, esto ayudará a reducir riesgos potenciales de su conducta en el mercado, preservando el valor de la empresa ( Carroll 1998 ). Al mismo tiempo, la sociedad exige una actitud más responsable y ciudadana de las organizaciones, impregnada en acciones que tomen en consideración a sus socios estratégicos y así extender el movimiento por la responsabilidad social ( Clarckson 1995 ).
Frente a eso, se busca una dirección común de estos aspectos para ofrecer referencias del desempeño social de las organizaciones ( Carroll 1998 ), asociando a esta responsabilidad la gestión del medio ambiente, la transparencia en las acciones y la preocupación por la comunidad y la sociedad. Una propuesta en esta dirección denominada Triple Bottom Line fue presentada por Elkington (1999) e incluye tres dimensiones: 1) sustentabilidad económica: medición basada en la rentabilidad, el valor de marca y la reputación; 2) sustentabilidad ambiental: evaluada por el uso eficiente de los recursos naturales o la eco-eficiencia, con servicios ambientalmente sustentables y dirigidos a la mejora ambiental en los procesos; y 3) sustentabilidad social: medida por el bienestar de las personas, dentro y fuera de la organización, aunado a una gestión eficaz del talento humano y del medio ambiente.
Para entender la responsabilidad social corporativa, Silberhorn y Warren (2007) ofrecen una visión general y adaptada de la misma, realizada por medio de indicadores como se presenta en el cuadro 1 .
Perspectiva | Indicador (categorías de RSC) |
Principios motivadores de la RSC | 1. RSC dirigida por valores. 2. RSC dirigida por el desempeño. 3. RSC dirigida por los socios estratégicos. |
Procesos de RSC | 1. Compromiso y comunicación con la comunidad. 2. Administración del impacto ambiental. 3. Código de ética o de conducta. 4. Programas filantrópicos. 5. Operaciones de negocio. 6. Gobierno corporativo y conformidad con la ley. 7. Procesos de recursos humanos. 8. Gestión de riesgos. 9. Programas de salud y seguridad. 10. Gestión de la cadena de suministros. 11. Participación de colaboradores en la comunidad. 12. Patrocinios. 13. Programas de calidad. 14. Informes de RSC. 15. Actividades internacionales de RSC. 16. Políticas anticorrupción. 17. Organización independiente de RSC. |
Temáticas relacionadas con los socios estratégicos | 1. Comunidad. 2. Clientes. 3. Colaboradores. 4. Accionistas e inversores. 5. Proveedores. 6. Competencia. |
La comprensión de cómo una organización se declara socialmente responsable requiere la evaluación de sus acciones a partir de sus principios motivadores, de los procesos utilizados para realizar su gestión y de la naturaleza de la relación que desarrolla con sus socios estratégicos. Posteriormente esta organización debe definir un lugar para la responsabilidad social en su programación estratégica y llegar a un acuerdo sobre la forma en la cual medirá su desempeño social y ambiental ( Silberhorn y Warren 2007 ).
Pese a las críticas realizadas a la noción de RSC ( Mitchell 1989 ; Blowfield y Frynas 2005 ; Banerjee 2008 , entre otros) según las cuales se trata de un movimiento ideológico que busca legitimar el poder de las grandes corporaciones, Banerjee (2008) identifica que la verdadera lógica y premisas existentes detrás de este discurso son: 1) las corporaciones deben pensar más allá del lucro y prestar atención a las temáticas sociales y ambientales; 2) las corporaciones deben comportarse de manera ética y demostrar alto nivel de integridad y transparencia en sus operaciones; y 3) las corporaciones deben involucrarse con la comunidad en que operan en el sentido de ofrecer apoyo para su bienestar, ya sea por medio de la filantropía o por otros medios. Lo anterior debido a que, subyacente a la noción de RSC, se encuentra la comprensión de que en el diálogo con los socios estratégicos se deben destacar dos aspectos: 1) la buena ciudadanía corporativa está relacionada con el buen desempeño financiero; y 2) si la corporación es una mala ciudadana, entonces su licencia para operar será revocada por la sociedad.
Blowfield y Frynas (2005) , al analizar la responsabilidad social de las corporaciones y su relación con el mundo en desarrollo, defienden una agenda de investigación que considere las perspectivas críticas a la noción de RSC, pues para los autores, el que existan pocas evidencias que permitan tener conclusiones definitivas sobre los resultados de las prácticas de RSC proporciona también indicios suficientes de la necesidad de conocer más sobre el asunto.
A partir de la perspectiva de que la RSC es simplemente un discurso, Crook (2005) afirma que el modelo del Triple Bottom Line es, de hecho, “un permiso para encubrir” y que la RSC es “meramente cosmética”. Para el autor, esto ocurre porque existe una brecha entre el discurso y la práctica, sobre lo cual las corporaciones no realizan suficientes esfuerzos para que sea eliminada.
Con base en estas consideraciones y tomando en cuenta que existen impactos negativos en el medio ambiente provocados por las operaciones corporativas, cuestionamos el hecho de que estas corporaciones utilicen el discurso de la responsabilidad socioambiental con sus socios estratégicos de forma “meramente cosmética”.
La investigación: recolección y análisis de documentos
Considerando que el objetivo principal de esta investigación es identificar las relaciones entre los discursos de responsabilidad social corporativa y el crimen corporativo, a continuación se analizará precisamente el discurso empleado por una empresa protagonista de un crimen corporativo ambiental en Brasil. Se utilizará la revisión documental como método de recolección de información y, en relación con la forma de abordaje, el estudio se orientará por la investigación cualitativa ( Flick 2009 ).
A partir del análisis de la documentación de las industrias, se seleccionó como objeto de estudio una corporación que atendió los siguientes criterios: 1) divulga en su sitio web que realiza acciones, políticas y/o programas de responsabilidad social corporativa; 2) cometió un crimen ambiental de forma recurrente, independientemente de su naturaleza a partir del año de 2007; 3) no corrigió los mecanismos que causaron el crimen ambiental a pesar de haber firmado un acuerdo de ajuste de conducta con la Fiscalía General de Brasil; y 4) generó algún impacto en la comunidad situada en las proximidades de la industria como consecuencia del crimen ambiental.
La recolección de los datos pasó por una primera etapa de análisis de los documentos ( Flick 2009 ) de las industrias, buscando identificar las corporaciones que cometieron algún tipo de crimen ambiental. En la segunda etapa de identificación de las acciones de responsabilidad socioambiental que las empresas infractoras divulgan, se analizó la posición de sus actividades relacionadas con la RSC. En una tercera etapa se identificó la corporación infractora para el análisis detallado de su documentación y, a partir de este procedimiento, se buscó establecer una relación entre los elementos de los crímenes ambientales cometidos, el discurso y las acciones de responsabilidad socioambiental de la organización.
Para la identificación del tipo de infracción provocada por el crimen ambiental, se consideraron las leyes municipales de la ciudad de Uberlândia debido a que son seguidas por la Secretaría del Medio Ambiente de Brasil para consignar los reportes de las empresas que han cometido este tipo de delitos.
Para la segunda y tercera etapa de la investigación, se realizó un análisis de contenido que, de acuerdo con Bardin (1996) , es una técnica para producir inferencias de un texto focal para su contexto social de manera objetiva. Inicialmente se leyó el material empírico compuesto por los documentos seleccionados (programas y acciones de la empresa divulgados en su sitio web, documentos de la Secretaría Municipal de Medio Ambiente sobre los procesos relativos a la empresa, entre ellos los reportes y acuerdos de ajuste de conducta). Posteriormente se codificó el material de acuerdo con las categorías analíticas, las cuales fueron establecidas con base al cuadro teórico referencial. Después de esto, se estableció el recorte del material en unidades de registro comparables y con el mismo contenido semántico, las cuales corresponden a los programas y acciones. A partir de ello, se definieron comparaciones entre el material empírico relacionado con el discurso de la organización y las prácticas producto de los crímenes ambientales. Luego se agruparon las unidades de registro en categorías comunes, es decir, discursos semejantes y discursos que contradicen las prácticas empresariales que produjeron crímenes corporativos. Y finalmente se realizó la inferencia e interpretación del material empírico.
El análisis de los documentos recolectados permitió alcanzar el objetivo propuesto en esta investigación. La corporación declara como su visión: “Ser reconocida por la competitividad en soluciones de valor agregado y el respeto por el crecimiento sostenible de la cadena de valor” ( ENFERMA 2013 ) , evidenciando el discurso de ser una empresa socialmente responsable. La corporación fundó el Instituto ENFERMA en 2004 y, con el objetivo de reducir las emisiones de gases de efecto invernadero, elaboró proyectos por medio del Mecanismo de Desarrollo Limpio (MDL), el cual es un modo de flexibilización establecido por el Protocolo de Kioto,[ 3 ] que busca facilitar que los países industrializados cumplan los compromisos establecidos para la reducción de la emisión de gases. Este mecanismo, de acuerdo con Silva Júnior et al. (2010) , es el único “que permite a los países industrializados alcanzar sus metas individuales por medio de proyectos que promuevan la transferencia de tecnología y la generación de tecnologías ambientalmente seguras en los países en desarrollo” ( Silva Júnior et al. 2010, 107 ). Entretanto, al analizar los beneficios tecnológicos de los proyectos del MDL en Brasil, los autores identificaron que
no incluyen de manera significativa, ni la transferencia de tecnologías más limpias ni la innovación tecnológica, solamente la capacitación profesional e incentivos a la industria nacional a través de la compra de equipos y materiales que ya están disponibles en el mercado doméstico ( Silva Júnior et al. 2010, 116 ).
En 2009, ENFERMA inició el proceso de fusión para unificar sus operaciones con las de otra organización, informando que el desarrollo sostenible sería uno de los valores en la estrategia de la empresa. Nuevamente se reforzó que las acciones en la dirección de la sostenibilidad social y ambiental formarían parte de la organización, resaltando que la estrategia sería invertir constantemente en gestión ambiental por medio de tácticas para minimizar desperdicios y reducir riesgos.
La empresa dirige sus discursos y acciones de responsabilidad social corporativa hacia un grupo específico de socios estratégicos externos a la organización. Esto debido, posiblemente, a la decisión organizacional de administrar las relaciones con grupos que puedan influir directamente en el cumplimiento de los objetivos del negocio ( Freeman y Philips 2002 ). Así, la ejecución de estos objetivos sería construida a partir de la perspectiva de los socios estratégicos, ya que ese ambiente específico es importante en la relación entre los grupos de interés y las estrategias organizacionales ( Clarkson 1995 ).
En este contexto, es posible inferir que ENFERMA presenta un discurso que orienta su estrategia hacia la ejecución de prácticas sociales y ambientales, declarándolas como un valor de la organización. Además, esas prácticas descritas apuntan en dirección de administrar las relaciones con los socios estratégicos que puedan impactar en los objetivos del negocio.
Para entender mejor este discurso e identificar las características de la responsabilidad social corporativa de ENFERMA –compañía en el sector de la alimentación que produce cerdos, pollos y otros productos comestibles– se analizó cómo las prácticas divulgadas por la empresa se encuadran con la responsabilidad difundida. Para esto, se estudiaron las políticas y programas que ENFERMA anuncia, para entender cómo la empresa se declara social y ambientalmente responsable ( cuadro 2 ).
Política/programa | Directrices |
Políticas de marketing responsable | Respeto al medio ambiente; imagen y reputación de la empresa. |
Programa de la cultura del cerdo sostenible | Reducir la emisión de gases y preocupación por los productores. |
Programa de inversión social | Construcción de una nueva forma de actuación. |
Política de medio ambiente | Actuación responsable en el medio ambiente, asumiendo convivencia saludable con la sociedad y previniendo la contaminación; mejora de procesos, gestión de residuos y afluentes; transparencia junto a socios estratégicos, educando y administrando el compromiso de sus funcionarios. |
Política de seguridad, salud y medio ambiente. Resultados mediante una posición orientada por valores asumiendo una perspectiva basada en principios motivadores de esa responsabilidad (Pereira et al. 2010) | La alta administración es responsable por la prevención de accidentes y por preservar el medio ambiente; los trabajadores tienen participación en la prevención de accidentes y daños ambientales. |
Acompañar el desempeño relacionado al medio ambiente, tener requisitos legales de ese desempeño y estándares internacionales como referencia. | |
Administrar los procesos para prevenir toda y cualquier pérdida ambiental, priorizando los planes de acción para prevención de accidentes. | |
Los accidentes ambientales serán investigados y se tomarán medidas para evitar recurrencias. | |
Incentivar y apoyar acciones responsables con el medio ambiente fuera del trabajo, iniciativas tan importantes como las practicadas por la empresa. | |
El trabajo es considerado adecuado si se ejecuta de acuerdo con los procedimientos de seguridad y respeto al medio ambiente. Los involucrados deben seguir las reglas y asumir su responsabilidad. | |
Transparencia en la relación con las partes interesadas en las operaciones de la empresa, con una comunicación siempre adecuada y transparente. | |
Código de ética y conducta | Preservación del medio ambiente y la calidad de vida de las comunidades locales, controlando el impacto de sus actividades en las diversas esferas. |
A partir del cuadro 2 es posible observar que la empresa divulga la realización de un conjunto de acciones, políticas y programas que muestran la relación con las prácticas de responsabilidad socioambiental de la siguiente forma: 1) valores y rendimiento; 2) administración del impacto ambiental de forma preventiva; apoyo en un código de ética y conducta; ejecución de operaciones de negocio; actuar de conformidad con la ley; gestión de riesgos ambientales; conducción de programas de salud y seguridad; preocupación por la sostenibilidad en la cadena de suministros; participación de colaboradores en la comunidad con actividades de voluntariado y de responsabilidad socioambiental; programas de calidad de mejoras de los procesos; y 3) responsabilidad con socios estratégicos: comunidad, colaboradores y proveedores.
Entendida la postura de la empresa, el siguiente paso es analizar el contexto de los crímenes ambientales cometidos e identificar si existen discrepancias entre esa posición socioambiental responsable revelada por la empresa y las prácticas realizadas que tuvieron como consecuencia un crimen ambiental. La fuente de este análisis fueron los documentos obtenidos en la Secretaría del Medio Ambiente de Brasil, los cuales describen el contexto y otros aspectos relacionados con los delitos cometidos por ENFERMA.
En la documentación analizada se presenta una breve caracterización de las actividades de ENFERMA, mostrando su predisposición para provocar crímenes ambientales:
ENFERMA tiene una unidad industrial del ramo de sacrificio de cerdos y procesamiento de carnes, posee una fábrica que procesa subproductos de carne de cerdos y aves. En el local están centralizados todos los sistemas de tratamiento de los alcantarillados industriales y de emisiones atmosféricas. En 2007, después de varias diligencias del órgano municipal de medio ambiente, se hicieron reportes por emisiones de substancias odoríferas que provocaban contaminación del aire en la región, así como por las necesidades de la empresa de modernizar sus procesos productivos y tratamiento de emisiones. Los procesos productivos realizados por la empresa determinan varias fuentes efectivas y/o potencialmente contaminantes, principalmente en cuanto a las emisiones atmosféricas y disposición de alcantarillados industriales. Por sus características productivas, la empresa podrá emitir sulfatos minerales y orgánicos en sus actividades, que son potenciales contaminantes atmosféricos y exceso de carga orgánica en el alcantarillado industrial, potencial contaminante de los recursos hídricos del entorno de la empresa y del río Uberabinha (documento de investigación de la Prefectura Municipal de Uberlândia. Secretaría del Medio Ambiente 2009).
Para entender esa inclinación por cometer crímenes ambientales en sus actividades, se analizó la línea de tiempo de 2007 a 2013, con base en el contenido encontrado en la documentación de la empresa en la Secretaría de Medio Ambiente, reflejando los aspectos relacionados con delitos cometidos por ENFERMA. Como resultados ( tabla 1 ), se identificó: 1) acuerdo de ajuste de conducta: se firmaron dos acuerdos de ajuste. 2) Artículos infringidos: recurrencia en contaminación atmosférica, a pesar de los acuerdos firmados. 3) Reportes de fiscalización e infracción: frecuencia con la que ocurrieron los crímenes, reportando mayor volumen de notificaciones en 2010 cuando hubo una ampliación de la fábrica de la empresa y precisamente fue firmado el segundo acuerdo de ajuste de conducta. 4) Cambios en los planes de mejora: se presentaron varios cambios, mostrando su ineficacia para actuar sobre los mecanismos causantes de los daños ambientales. 5) Multas aplicadas: las multas parecen no frenar la recurrencia de crímenes ambientales. 6) Negaciones de los crímenes: en cuatro ocasiones ENFERMA no admitió haber provocado un crimen ambiental, pese a los reportes de fiscalización e infracción emitidos.
Escenarios | 2007 | 2008 | 2009 | 2010 | 2011 | 2012 | 2013 |
Acuerdo de ajuste de conducta | No | Sí | No | Sí | No | No | No |
Artículos infringidos (contaminación atmosférica) Ley Municipal | Art. 124 | Art. 24 y 126 | Art. 24 y 126 | Art. 2, 24, 84, 94, 96, 126 y 139 | Art. 24, 84 y 126 | Art. 24, 84 y 126 | No |
Autos de fiscalización e infracción | 3 | 2 | 4 | 10 | 2 | 1 | - |
Frecuencia de ocurrencia de los crímenes | 5 | 2 | 3 | 10 | 3 | 2 | - |
Notificaciones, oficios, estudios | 4 | 2 | 3 | 21 | 9 | 4 | 2 |
Cambios en los planes | No | Dos veces | Una vez | Dos veces | Una vez | No | No |
Multas aplicadas | Una | No | No | Dos | Una | No | No |
Negaciones de los crímenes | Una vez | No | No | Tres veces | No | No | No |
Elaboración propia con base en los datos de investigación.
Expuestos estos aspectos relacionados con los crímenes ambientales cometidos por ENFERMA, el próximo paso es analizar el discurso de responsabilidad socioambiental y su relación con el delito corporativo que fue protagonizado por esta empresa.
Discursos de ENFERMA: el bueno, el feo y el perfumado
El presente análisis de los documentos recolectados en la investigación indica tres aspectos del diálogo tejido por ENFERMA con sus socios estratégicos: inconsistencias, contradicciones e indiferencia. Los crímenes ambientales cometidos por la empresa están relacionados con la contaminación atmosférica e hídrica, formalizados por las leyes del propio Municipio. De esta forma, iniciando por su política de medio ambiente, la directriz de responsabilidad ambiental señala que la empresa asume el papel de propagación de buenas prácticas de conservación educando y comprometiendo a funcionarios, presumiendo así de una relación ética con el público interno y externo. Por otro lado, la política de seguridad, salud y medio ambiente afirma que los colaboradores internos que influyen directamente en la organización para la prevención de daños son los responsables de la conservación del medio ambiente y que el trabajo será adecuado solamente si es respetado.
Las “inconsistencias” se traducen en la falta de solidez del discurso. Esto se puede verificar en el inadecuado trabajo ejecutado, el cual carece del compromiso de los agentes de la empresa, quienes realizan acciones en las que no se manifiesta su responsabilidad en relación con la prevención del crimen ambiental. De este modo, la responsabilidad socioambiental no es considerada un valor dentro de la organización, pues estos socios estratégicos no respetan el medio ambiente, violentando incluso el código de ética propuesto, el mismo que busca promover valores asociados con el desarrollo sostenible.
La empresa divulga una posición en sus políticas y programas que la proyectan como social y ambientalmente responsable, sin embargo, es evidente que existe incoherencia entre la práctica y el discurso adoptado. Desde la perspectiva de los principios motivadores de la responsabilidad social corporativa, la práctica del crimen ambiental se caracteriza por una relación sin dirección frente a la posición de la responsabilidad socioambiental, la cual estaría direccionada por “valores”, rendimientos e involucramiento de los socios estratégicos.
Eso se detectó al constatar que la temática socioambiental no constituye un “valor” organizacional, pues la no realización de un trabajo apropiado ocasionó como resultado un crimen ambiental. Esta situación forzó que uno de los funcionarios, los socios estratégicos objetivo para la diseminación y ejecución de las prácticas de responsabilidad socioambiental, no “adoptara” la responsabilidad ambiental como valor, es decir, como algo relevante en el día a día de su trabajo.
Asimismo el diálogo de la corporación también presenta contradicciones. A pesar de que se afirma que actuar en forma preventiva es parte de sus acciones, que los planes para prevención de accidentes son priorizados y que se toman medidas para evitar la reincidencia de accidentes, la empresa se limita apenas al control de los impactos provocados por los daños ambientales que genera. De acuerdo con Hunt y Auster (1990) , si el objetivo es la participación de los trabajadores para resolver los impactos ambientales, lo mencionado solo muestra que la atención está centrada en el control operacional y el cumplimento de las leyes, ya que la instalación de equipos para controlar la contaminación no es un tema de prevención.
Cuando se observa la perspectiva asociada con “procesos de responsabilidad social corporativa”, los acuerdos firmados no muestran un patrón sobre la postura de la empresa. Esto, dado que al practicar el crimen ambiental se evidenciaron aspectos como la inexistencia de gestión de impactos ambientales y de riesgos; la falta de involucramiento con la comunidad; errores de calidad en los procesos operacionales; y la ausencia de una relación ética con los socios estratégicos. Lo anterior se debe a que no existe una gestión socioambiental integrada, lo cual ha provocado que exista reincidencia en los crímenes dado que los mecanismos que estaban provocándolos no fueron corregidos y no existen normas e indicadores de calidad correspondientes con la legislación ambiental, las mismas que son modificadas constantemente para controlar el impacto de los crímenes cometidos. Es decir, mientras que la organización expresa practicar acciones responsables con el ambiente, comete crímenes contra él.
La empresa habría adoptado la perspectiva de prevención si hubiera tenido una producción más eficiente ( Barbieri 2004 ; Valadão Júnior y Oliveira 2010 ), integrando el tema ambiental en su gestión ( Hunt y Auster 1990 ; Donaire 1994 ; Barbieri 2004 ) y modificando la forma por la cual los socios estratégicos internos se involucran con estas prácticas generando así un valor. Debe ser resaltada la inexistencia de una gestión socioambiental integrada y la recurrencia de los crímenes, una vez que los mecanismos que los provocaron no se rigieron a los acuerdos de ajuste de conducta. Los estándares y métricas de calidad de la organización no respetan la legislación ambiental y son modificados constantemente, solo para el control de impacto de los crímenes.
La corporación mantuvo una postura de indiferencia con los socios estratégicos mientras los crímenes continuaron sucediendo, lo que demostró la ineficacia de los planes de mejora. Consecuentemente no existe una política de prevención, pues la responsabilidad social corporativa para esta empresa se reduce a mitigar algunas evidencias en su sistema, pero no se preocupa por actuar sobre los mecanismos que generan el daño ambiental.
Esta negación del perjuicio causado y la demora para proponer las correcciones necesarias evidencian una posición poco transparente en relación con los impactos generados a los socios estratégicos habitantes de barrios próximos, quienes tienen influencia en la empresa pese a no participar directamente de sus transacciones ( Clarkson 1995 ).
ENFERMA afirma que conduce sus negocios con transparencia y respeto a la sociedad en general, que mantiene sus operaciones con impactos ambientales controlados y que posee relaciones éticas con todas las partes interesadas, por lo que queda evidenciada una gestión incompleta en las relaciones de la empresa con los socios estratégicos. A pesar de que la palabra “sociedad” aparece en sus políticas de responsabilidad socioambiental, la gestión de relaciones solo involucra a la cadena productiva. Existe, por tanto, una brecha en la gestión de la relación con la comunidad, la cual ejerce presión e influencia en la empresa al haber sido perjudicada recurrentemente por los crímenes ambientales.
A pesar de que la comunidad ha influido en la empresa al denunciar estos hechos en la Fiscalía de Justicia del Ciudadano, quedó evidenciado que los errores no eran corregidos y, por ende, no existió una gestión de esa relación “comunidad y empresa”. Esto implica que funcionarios, socios y productores son los socios estratégicos definitivos, los cuales crean simultáneamente influencia social, cierta legitimidad y sentido de urgencia para las acciones importantes. Al mismo tiempo, se puede afirmar que la comunidad es un socio estratégico latente pero inactivo, ya que ejerce un tipo de influencia social pero no determina la legitimidad ni la urgencia en las acciones que la empresa debe ejecutar.
Desde el punto de vista de los socios estratégicos, no se pudo verificar que las políticas de la empresa hayan gestionado las relaciones con la comunidad afectada por los daños ambientales, así como tampoco se pudo verificar que la “responsabilidad socioambiental” haya sido adecuadamente divulgada entre los empleados de la organización.
Se destaca mayor criticidad respecto a la indiferencia de la empresa hacia la comunidad como un grupo de interés (socio estratégico) relevante. La presión ejercida constantemente por la comunidad a través de las instituciones responsables del monitoreo ambiental, resultó en varias acciones de fiscalización, exigiendo que la empresa realizara correcciones y mejoras en sus procesos. De acuerdo con los resultados presentados, la comunidad sufrió, durante el período analizado, impactos de los crímenes ambientales, específicamente los asociados con la contaminación atmosférica, pues diariamente experimentan olores desagradables, lejanos de ser considerados un “perfume”.
Dadas esas características, cuando se analiza el discurso de ENFERMA en sus políticas y programas de responsabilidad social y ambiental, al relacionarlos con los crímenes ambientales cometidos, sintetizamos el diálogo entre la corporación y sus socios estratégicos –específicamente la comunidad– como dotado de inconsistencias, contradicciones e indiferencia. Estas características, a su vez, van al encuentro de las críticas de Banerjee (2008) y Crook (2005) , pues ENFERMA se declara socialmente responsable porque eso es “bueno” para los negocios y además es “feo” no cuidar del medio ambiente. Por eso, lo que le queda a la empresa es “perfumar” el diálogo con sus socios estratégicos.
Consideraciones finales
En la actualidad, las empresas incorporan el discurso de responsabilidad socioambiental derivado de sus estrategias de sostenibilidad a largo plazo, demostrando un control ambiental integrado a la gestión administrativa. Sin embargo, como los críticos a la noción de RSC indican, existe una distancia entre el discurso y la práctica, principalmente en lo que se refiere a los resultados alcanzados.
En esta investigación, se analizaron los discursos de responsabilidad social de una corporación protagonista de un crimen ambiental, con el objetivo de identificar la relación entre esos discursos y el delito corporativo. La elección de la empresa se dio a partir de la posibilidad de establecer y aclarar la conexión entre crímenes ambientales y políticas de responsabilidad socioambiental a través de la caracterización del diálogo establecido por la corporación con sus socios estratégicos. Como resultados, identificamos que el discurso corporativo se especializa en contener inconsistencias, contradicciones e indiferencia, lo que revela que el motivo para adoptar ese discurso es “perfumar” las prácticas ilegales de la empresa en relación con el medio ambiente.
Nuestra investigación tiene implicaciones prácticas y teóricas. En cuanto a las primeras, a partir de la caracterización del diálogo que la organización investigada tiene con sus socios estratégicos, es posible percibir la existencia de brechas que deben ser “cubiertas” en la gestión administrativa de la empresa, con el objetivo de promover una integración entre las actividades operacionales y las acciones de responsabilidad socioambiental. Estas brechas pueden estar asociadas a: 1) la inexistencia de procesos formales de gestión de calidad; 2) la desintegración entre indicadores económicos, sociales y ambientales (desempeño de la estrategia); 3) la no diseminación de los valores sociales y ambientales propios de la empresa; 4) la falta de cuidado con las relaciones entre la empresa y la comunidad; y 5) a la ausencia de acciones enlazadas con la moral convencional y la buena conducta.
Las implicaciones teóricas se concentran en el análisis de la responsabilidad socioambiental relacionada con el crimen corporativo, una temática que ha sido poco explorada en los estudios organizacionales. Mostramos que los crímenes corporativos ambientales son practicados en las operaciones de la empresa y no como algo externo a ella. De esta forma, el discurso de responsabilidad social y ambiental de esta entidad es retórico, sin avanzar en dirección a la implementación de prácticas que tomen en cuenta los perjuicios ocasionados a comunidades, trabajadores, accionistas, gobiernos y medio ambiente. Los resultados de nuestra investigación estimulan una agenda que puede ampliar los estudios de campo, como por ejemplo: 1) enfocarse en otros tipos de crímenes corporativos y otros socios estratégicos para examinar el diálogo establecido por la organización analizada; 2) investigar el interés público por el crimen corporativo ambiental; 3) estudiar con datos primarios, considerando el caso de esta empresa u otras, es decir la realización de entrevistas con empleados, miembros de la comunidad y agentes municipales para profundizar la información sobre programas y acciones socioambientales y sobre crímenes ambientales cometidos; y finalmente (4) investigar los discursos de responsabilidad socioambiental de empresas del sector de alimentos, enfatizando en el trato y el bienestar de los animales.