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Revista San Gregorio

versión On-line ISSN 2528-7907versión impresa ISSN 1390-7247

Revista San Gregorio vol.1 no.58 Portoviejo jun./ago. 2024

https://doi.org/10.36097/rsan.v1i58.2510 

Artículo de Posición o Reflexión

El concepto de democracia, desde su relación con los derechos humanos y la participación política

The concept of democracy, from its relationship with human rights and political participation

Dayton Francisco Farfán Pinoargote* 
http://orcid.org/0000-0001-5210-335X

Karen Lorena Briones Cedeño** 
http://orcid.org/0000-0002-4670-8309

Brenner Fabián Díaz Rodríguez*** 
http://orcid.org/0000-0002-2872-9077

Mallury Elizabeth Alcívar Toala**** 
http://orcid.org/0000-0002-1128-6361

*Universidad San Gregorio de Portoviejo, Ecuador dffarfan@sangregorio.edu.ec

**Universidad Estatal del Sur de Manabí, Ecuador karen.briones@unesum.edu.ec

***Universidad San Gregorio de Portoviejo, Ecuador bfdiaz@sangregorio.edu.ec

****Universidad San Gregorio de Portoviejo, Ecuador mealcivar@sangregorio.edu.ec


Resumen

En el presente artículo se realiza un análisis interpretativo del significado de “democracia” desde su conceptualización por lo antiguos griegos y en la época de la Roma republicana, hasta llegar a como se percibe la democracia en la actualidad. El objetivo planteado fue analizar diferentes perspectivas sobre el concepto de democracia, desde su relación con los derechos humanos hasta su aplicación en la sociedad actual. La metodología empleada se basó en un análisis interpretativo de fuentes históricas y contemporáneas sobre democracia y derechos humanos. Los resultados resaltan la importancia de la democracia en el respeto de los derechos fundamentales, la participación ciudadana y la gobernanza democrática. Se destaca la complejidad y riqueza del concepto de democracia en diferentes contextos históricos y culturales. En la actualidad este término se relaciona con los Derechos Humanos; no presenta aspecto individual, varía desde la óptica de cada nación; Finalmente, resulta indispensable garantizar los derechos fundamentales con la finalidad de llegar al funcionamiento idóneo del Estado.

Palabras clave: democracia; derechos humanos; gobernanza; participación política

Abstract

In this article, an interpretive analysis of the meaning of “democracy” is carried out from its conceptualization by the ancient Greeks and in the era of Republican Rome, until reaching how democracy is perceived today. The objective was to analyze different perspectives on the concept of democracy, from its relationship with human rights to its application in today's society. The methodology used was based on an interpretive analysis of historical and contemporary sources on democracy and human rights. The results highlight the importance of democracy in respecting fundamental rights, citizen participation and democratic governance. The complexity and richness of the concept of democracy in different historical and cultural contexts is highlighted. Currently this term is related to Human Rights; It does not present an individual aspect, it varies from the perspective of each nation; Finally, it is essential to guarantee fundamental rights in order to achieve the ideal functioning of the State.

Keywords: political participation; democracy; human rights; governance

Introducción

En la actualidad, “la democracia se percibe como un sistema político que se fundamenta en el poder del pueblo, tal como lo concebían los antiguos griegos y en la época de la Roma republicana” (Ariza, 2011, p. 611). Este concepto ha evolucionado a lo largo del tiempo, adaptándose a las demandas y desafíos de la sociedad contemporánea.

Se destaca que la democracia implica, la consideración y garantía de los derechos humanos y las libertades esenciales es esencial para sociedades democráticas y justas. Estos derechos incluyen la libertad de expresión, que permite a los individuos expresar sus opiniones sin temor a represalias; la participación activa en la dirección de los asuntos públicos, que asegura que todos los ciudadanos tengan la oportunidad de influir en las decisiones políticas; y la igualdad de derechos entre hombres y mujeres, que busca eliminar las disparidades de género en todos los aspectos de la sociedad. Además, la gobernanza democrática promueve la participación, igualdad, seguridad y desarrollo de todos los seres humanos, respetando los principios de transparencia, rendición de cuentas y separación de poderes.

La democracia es un sistema político que ha sido ampliamente adoptado en todo el mundo y su importancia se refleja en la protección de los derechos humanos y la aseguración de la inclusión ciudadana en el proceso de toma de decisiones. Sin embargo, la democracia es un concepto estático y su evolución a lo largo del tiempo ha llevado a la incorporación de nuevos principios y características. En ese sentido, es fundamental el analizar los conceptos y principios que rigen la democracia, así como su relación con los derechos humanos y la participación ciudadana.

El problema de estudio en este caso es la comprensión de la democracia como un sistema político que garantiza la protección de los derechos humanos y la participación ciudadana. La justificación radica en la necesidad de analizar y comprender mejor cómo se relaciona con los derechos humanos y la participación ciudadana. La democracia es considerada como la mejor forma de garantizar la paz, seguridad y desarrollo de las sociedades.

El estudio tiene entonces como objetivo analizar diferentes perspectivas sobre el concepto de democracia, desde su relación con los derechos humanos hasta su aplicación en la sociedad actual. La finalidad de la investigación es comprender como la democracia se ha desarrollado a lo largo del tiempo y como se relaciona con los derechos fundamentales de los ciudadanos.

Metodología

La investigación tuvo un enfoque cualitativo, porque se privilegia el análisis profundo y crítico de las bases teóricas que conforman el presente estudio. El método bibliográfico hizo posible la búsqueda de información en bases de datos de revistas indexadas de páginas virtuales. Además, el presente trabajo fue de tipo descriptivo, ya que se describieron aquellas cualidades de las variables, democracia, participación política y derechos humanos. El análisis pormenorizado de los contenidos posibilitó la interpretación de fuentes documentales, se clasificó la información para ser analizada.

Resultados y discusión

Génesis del concepto de democracia

En la antigüedad “el poder absoluto estaba en manos de sus gobernantes que se decía que provenía de un ser superior (Dios), gozaban de un poder ilimitado y ese poder pasaba por lo general de padres a hijos” (González, 2007, p.1), no existiendo una real participación ciudadana en las tomas de decisiones dentro las gestiones de administraciones públicas y en la participación de sus súbditos en la política.

Más complejo es establecer con cierta precisión el momento en que fue acuñado el término dêmokratía y su referencia. Los primeros testimonios indirectos del uso “de la palabra como un vocablo incluido en el habla de Atenas se sitúan entre el 470 y el 460 a. C. Entre esas fechas, en efecto, sitúan ahora los estudiosos la primera representación de las Suplicantes de Esquilo” (Guariglia, 2019, p.8), con el caso de la narrativa trágica de la huida de Egipto de las hijas para evitar el matrimonio con sus primos a quienes las persiguen hasta Argos, y ahí las recibe el rey Peslago, quien en duda de recibirla y darle protección y asilo por una posible guerra con Egipto manifestó que pondría del pueblo que al final debía resolver.

Se debe hacer un profundo análisis de la palabra Democracia (dêmokratia) desde el pensamiento de los antiguos griegos (kratos - poder / demo - pueblo). “El poder significa, en el contexto griego, la participación directa en el gobierno” (Zuñiga, 2011, p.19). Es decir, no se trata solo de poseer ese derecho para ser elegido gobernante (como en la actualidad), sino de tener la facultad de ser gobernante (democracia directa).

Por otro lado, la definición de pueblo no se entendía como un conjunto de habitantes que conformaban una región. El término más bien, en sentido estricto para los griegos, tenía significaba restrictivo. Por pueblo, “se entiende 'aquellos que no son nobles (en oposición a los aristócratas) y que no son ricos el pueblo es, ante todo, el conjunto de personas pobres que no pertenecen a casas aristocráticas” (Ariza, 2019, p.613). La democracia giraba en torno al gobierno del pueblo, el rasgo primordial en la democracia griega

Aristóteles define tres formas puras de gobierno y sus respectivas formas degenerativas, en primer término, está Monarquía, Aristocracia y democracia y en segundo lugar la tiranía, oligarquía y demagogia, reconoce que la cantidad de personas en el poder no es determinante para definir los tipos de régimen. “No debe considerarse la democracia de un modo absoluto, como algunos suelen hacerlo actualmente, como el régimen en el cual el elemento soberano es la multitud porque también en las oligarquías ejerce la soberanía el elemento más numeroso” (García, 1988, p.35).

La cantidad no representa lo primordial, “De la misma manera que el criterio de mayoría no era verdaderamente específicamente, ya que se cumplía igualmente en los diversos regímenes” (Cruz, 2007, p.11). Esto es característico de la oligarquía igual que en democracia, debido que en el primero gobierna los ricos y en otros los pobres

Existen dos causas por las que las democracias son varias; en primer lugar, la que los pueblos son diferentes (pues existe la masa de agricultores, la de los artesanos y la de los jornaleros; y de éstas la primera, al añadirse a la segunda. A su vez la tercera a ambas, no sólo incorpora diferencias consistentes en hacer mejor o peor la democracia, sino también en no ser la misma). La segunda son los elementos que acompañan a las democracias y que parecen ser peculiares de este régimen, si se combinan hacen a las democracias diferentes, pues a una acompañarán menos, a otra más, y a otras todos esos elementos.

Resulta útil conocer de manera individual cada uno de ellos, “con el fin de establecer la que, dado el caso, se desee, y para sus rectificaciones. Pues los que establecen los regímenes pretenden reunir todas las propiedades de acuerdo con el principio fundamental” (Villaseñor, 2015, p. 1127). Entre los principios básicos de la democracia está la libertad y la justicia,

La democracia en la Roma Republicana

Al hacer un poco de historia, “en la tradición constitucional romana la Civitas aparece como una comunidad política jurídicamente organizada bajo el imperio de la ley pública, a la que están sometidos los magistrados, los órganos judiciales y los ciudadanos” (Castán, 2013, p. 11). En tanto que, el ius publicum es concebido como el ordenamiento de garantía de los derechos individuales y de las libertas propio de los ciudadanos. En cambio, la Civitas es un recinto donde esos derechos tienen protección. En la poli ateniense al igual que en la Civitas romana, el estado llano figuraba dentro de los referentes básicos de las organizaciones políticas, “pero en la constitución romano-republicana se encuentra situado estructuralmente en una posición muy distinta a la que ocupa en el modelo ateniense de democracia” (Fernández, 2009, p.187).

Haber acuñado del término res publica resulta significativo, por cuanto se hace alusión la organización de la sociedad como un todo. Aunque no contempla la referencia de otorgar poder al poder y verlo como sujeto determinado, más bien alude al conjunto del sistema institucional ampliado en el ámbito de sus competencias, es decir, hay la configuración de un marco para limitar y controlar, de esa manera se preserva la libertad cívica dentro de los valores fundamentales en la cultura política.

En este orden de ideas, la tesis, relativa sobre la base de partida de su interpretación por parte de Polibio, quien se dedicó a lo que fue llamado la constitución mixta, esta forma iba a definir el modelo republicano romano. Donde los derechos de la sociedad y su capacidad de decisión serian lo suficientemente amplios para que se pueda hablar realmente de una democracia en antigua Roma.

El pueblo votaba en comitia (asamblea presidida por un magistrado) los proyectos de ley presentados “Por los tribunos de la plebe o magistrados para que fueran aprobados, incluyendo declaraciones de guerra y tratados de paz” (Pina, 2019, p. 13). los magistrados eran elegidos para estar un año en el poder. Esto tuvo una duración hasta que fueron creados en la segunda mitad del siglo II los tribunales permanentes, con la actuación del pueblo como juez, al elegirlos nuevamente.

Los clásicos modelos de democracias, griega y romana, cuando se comparan con los entornos modernos, terminan por reducirse esencialmente a solo modelos, “O concepciones de sistemas políticos antiguos de indudable participación popular, nacidos fundamentalmente como respuesta a regímenes monárquicos y el despotismo en que estos solían derivar, pero que no reconocieron un derecho de sufragio que fuese universal ni tampoco igualitario” (Castán, 2013).

Democracia moderna

Cuando se funda en 1945 las Naciones Unidas gran parte de sus Estados Miembros carecían de sistemas democráticos, o en su defecto, no eran ejercidos los derechos de las masas. Al redactar la Carta para su creación, no se incorporó el término democracia, a pesar de eso en sus palabras iniciales, “Nosotros los Pueblos, reflejan el principio fundamental democrático de que la voluntad del pueblo es la fuente de legitimidad de los Estados soberanos y, por consiguiente, de las Naciones Unidas en su totalidad” (Naciones Unidas, 2023, p.2). Principios que empezaron a ponerse en práctica con el correr de los años.

La intención estaba dada para poner en marcha la democracia, no guiarse por un modelo único de gobierno, la intención era promover la gobernanza democrática como el conjunto de valores y principios que seguir con la finalidad de incluir mayor número de participación, seguridad, igualdad, que propendan al desarrollo de la colectividad. En efecto, la democracia otorga un entorno respetuoso de los derechos humanos, al igual que las libertades fundamentales donde se pueda ejercer la voluntad sin ninguna cortapisa. Toda persona tendrá voz en las decisiones, pide rendición de cuentas, tanto hombres y mujeres cuentan con los mismos derechos.

No hay consensos en la filosofía política en lo relativo a la idea de democracia, debido en cierto modo, porque cualquier juicio emitido sobre la misma está condicionado ante circunstancias de espacio y tiempo. Por eso “Guarino cuando escribe que la democracia no es un unicum que se haya manifestado sin diferencias en una sola experiencia histórica” (Castán, 2013). Otros autores como Norberto Bobbio advierten que el concepto de democracia no se debe considerar un vaso vacío para que sea llenado con cualquier tipo de contenido.

El Instituto Internacional para la Democracia y la Asistencia Electoral (2021) en un marco conceptual que “define a la democracia a partir de cinco atributos principales: gobierno representativo, derechos fundamentales, control del gobierno, administración imparcial y participación”. La democracia es un sistema político en el que se tiene el derecho al voto para elegir a los representantes en elecciones periódicas, sin embargo, a lo largo del tiempo, a esta definición se han ido agregando características, libertades, derechos, requisitos sociales, políticos y económicos que llevan a apreciar que la democracia como sistema político no tiene razón de existir.

De esta forma la democracia, en base a la concepción dominante, es concebida tal como a continuación se indica:

La democracia radica únicamente en un método de formación de las decisiones colectivas, y es precisamente, en ese conjunto de reglas que terminan atribuyendo al pueblo, por tanto, a la mayoría de los integrantes, el poder -directo o a través de representantes- de la facultad para asumir decisiones. Lo señalado no sólo se convierte en la acepción etimológica de la democracia, también es la concepción compartida unánimemente desde autores como Kelsen o Bobbio, es decir, de la teoría junto con la filosofía política. (Moreno, 2006, p.26)

La misión de la Secretaría de Asuntos Políticos (SAP) de la Organización de los Estados Americanos es contribuir al fortalecimiento de los procesos e instituciones políticos de los Estados miembros en aras de la sustentabilidad de la democracia. Ello por cuanto la democracia ha sido reconocida y aceptada en el hemisferio como la mejor alternativa de garantizar la paz, seguridad, desarrollo sumado al pleno ejercicio de la ciudadanía.

La Secretaría de Asuntos Políticos (SAP) mantiene sus acciona en el fortalecimiento del rol que tiene la Organización de los Estados Americanos, como ese eje central del Sistema Interamericano, específicamente en el contexto político. Además, contribuye de manera activa en sostener el orden democrático en los Estados partes. En pleno cumplimiento de los objetivos institucionales, “la Secretaría para el Fortalecimiento de la Democracia desempeña funciones encaminadas a ampliar la legitimidad institucional de los procesos políticos y a fortalecer los mecanismos institucionales que conlleven el sostenimiento de los mismos” (Organización de Estados Americanos, 2012, p.8).

El origen histórico en cuanto a la democracia apreciada como una forma de gobierno se relaciona indisolublemente en el origen jerarquizador de la sociedad. No es un mero accidente dado en la democracia ateniense, considerada como la fuente y ejemplo de la institucionalidad democrática moderna, fuese la creación y privilegio de un segmento de la ciudadanía.

Asimismo, lo actuado por Locke no es algo accidental, que haya sido elegido para expresarse por parte de Whig en la Inglaterra del siglo XVIII. Fue convocado para “elaborar una estructura de la democracia liberal que sea fuerte en el siglo XIX y pase a constituirse sobre la base del altamente restrictivo voto censitario” (Benítez, 2016, p.4).

Como ha escrito Amin citado por González (2007): “La aspiración democrática puede ser particular e integradora, particular cuando inspira a un movimiento que lucha contra una autoridad no democrática; integradora en tanto es concebida como un apoyo o palanca que contribuye a promover todas las demandas sociales” (p. 8).

Cuando se promueven las demandas sociales, las aspiraciones democráticas tienen que conllevar la lucha en contra de la explotación, para pedir se distribuya el excedente, cuya decisión pasa por los pueblos, ciudadanos y trabajadores. No solo “con libertad respecto a megaempresas y asociados o subalternos sino respecto a los imperios, sus asociados y subalternos; también frente a remanentes de la discriminación y exclusión colonial, además frente a los rezagos de las concesiones populistas o clientelistas” (González, 2007, p.11).

El problema en torno a la democracia desde el punto de vista de Marx implica, las relaciones entre socialismo y democracia. Problema que puede ser apreciado en dos aristas: “1 ¿qué lugar ocupa la democracia en el socialismo? 2 ¿qué papel desempeña en la vía que lleva a su instauración? Y cabría un tercero: ¿qué función cumple en el instrumento organizativo que dirige la lucha por el socialismo?” (Sánchez, 1983, p.34)

En el primer caso, se trata de determinar si puede ser definido como fin, o sea, como componente fundamental del socialismo; mientras tanto en el segundo caso, se ha tratado de indicar si el camino que conduce al socialismo es una vía necesariamente democrática. O en caso de que las exigencias históricas puedan permitir alcanzarlo por otro camino no pacífico. En este caso se debería concienciar sobre el alto grado del medio violento que podría terminar afectando al fin mismo.

En el concepto marxista la democracia es fundamental, pero lo aborda desde la relación entre el Estado y los ciudadanos, entre la persona y la comunidad, entre el actor político y la vida real del trabajador, entre lo ideal y material. No se fija la democracia en lo abstracto o lo general, “establece sus formas históricas concretas, particularmente de la forma que se presenta la sociedad burguesa, pero mira la democracia hacia un futuro de porvenir: primero socialismo como la etapa intermedia y después comunismo” (Benítez, 2016, p. 5).

Frente a la crisis del liberalismo político ha n dio articulándose diversos modelos democráticos, tal es el caso del republicanismo cívico, la democracia como forma de dimensión emblemática de lo político. También, la pluralidad de la democracia, las redes sociales enfocadas como instrumentos democráticos de las multitudes, el pluralismo agonístico, y la contrademocracia. Esas teorías “de la política se han propuesto desmontar la archiaclamada tesis de que la única democracia viable es la del gobierno representativo” (Kohn, 2014, p. 72), algo que es concebido en la actualidad en la mayor parte del mundo.

Análisis de los principios por los cuales se rige la participación política, democracia y derechos humanos

La Declaración y Programa de Acción de Viena (1993), fue aprobada por la Conferencia Mundial de Derechos Humanos celebrada en Viena, en donde se instauró de forma obligatoria que los derechos humanos y la democracia forman parte de conceptos interdependientes, los mismos se refuerzan de forma mutua. Se pidió en aquella ocasión a la comunidad internacional el apoyo para fortalecer y promocionar la democracia. Ante lo cual cabe reconocer la aplicación de principios democráticos como la única manera para la protección y promoción de las libertades fundamentales los derechos humanos, sumado al principio de legalidad alrededor del mundo.

Mientras que la Declaración Universal de Derechos Humanos (Naciones Unidas, 1948) en sus articulados reconoce a los ciudadanos el derecho a participar en política y tener gobiernos democráticos. Y reconoce 3 derechos diferenciados en el artículo 21: “El derecho a participar en la dirección de los asuntos públicos (directamente o a través de representantes); sufragio activo. El derecho a acceder a la función pública; sufragio pasivo. El derecho a elecciones democráticas auténticas periódicas”.

En este orden de ideas, el derecho a la participación se encuentra unido íntimamente a otros derechos humanos, por ejemplo, el derecho de reunión, así como de asociación pacífica. De igual manera, a expresarse libremente, el derecho a una educación, a estar informado.

La democracia no solo consiste en elegir y tener representaciones en la asamblea, también debe contener canales efectivos que garanticen una participación amplia de los habitantes para participar en los debates en torno a las políticas públicas, opinar en la toma de decisiones. Por lo tanto, el Estado de Derecho más los derechos humanos tienen ese status de indispensables para así lograr un sistema democrático verdadero.

El Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (PIDCP, 1966), en su caso correspondiente ordena lo siguiente:

Artículo 25.- Todos los ciudadanos gozarán, sin ninguna de las distinciones mencionadas en el artículo 2, y sin restricciones indebidas, de los siguientes derechos y oportunidades

  1. a) Participar en la dirección de los asuntos públicos, directamente o por medio de representantes libremente elegidos;

  2. b) Votar y ser elegidos en elecciones periódicas, auténticas, realizadas por sufragio universal e igual y por voto secreto que garantice la libre expresión de la voluntad de los electores;

  3. c) Tener acceso, en condiciones generales de igualdad, a las funciones públicas de su país. (Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, 1966)

La Convención Americana de los Derechos Humanos (1978) en su artículo 23 indica

  • 1.- Todos los ciudadanos deben gozar de los siguientes derechos y oportunidades:

  • a. participar en la dirección de los asuntos públicos, directamente o por medio de representantes libremente elegidos;

  • b. votar y ser elegidos en elecciones periódicas auténticas, realizadas por sufragio universal e igual y por voto secreto que garantice la libre expresión de la voluntad de los electores, y

  • c. tener acceso, en condiciones generales de igualdad, a las funciones públicas de su país.

  • 2. La ley puede reglamentar el ejercicio de los derechos y oportunidades a que se refiere el inciso anterior, exclusivamente por razones de edad, nacionalidad, residencia, idioma, instrucción, capacidad civil o mental, o condena, por juez competente, en proceso penal.

La Corte Interamericana de Derechos Humanos (2008) en el caso Castañeda Gutman Vs. México. Excepciones Preliminares, Fondo, Reparaciones y Costas, hace contar que los derechos políticos instaurados en la Convención Americana sobre Derechos Humanos, así como en los diversos instrumentos internacionales, fortalece la democracia, además del pluralismo político.

Los derechos políticos son derechos humanos de importancia fundamental dentro del sistema interamericano que se relacionan estrechamente con otros derechos consagrados en la Convención Americana como la libertad de expresión, la libertad de reunión y la libertad de asociación y que, en conjunto, hacen posible el juego democrático. La Corte destaca la importancia que tienen los derechos políticos y recuerda que la Convención Americana, en su artículo 27, prohíbe su suspensión y la de las garantías judiciales indispensables para la protección de estos (Corte Interamericana de Derechos Humanos, 2018, art. 140)

La Resolución 19/36 aprobada por el Consejo de Derechos Humanos de las Naciones Unidas el 19 de abril del 2012, reafirma que la Democracia si bien tiene características comunes, no subsiste un sistema único de democracia y ésta no pertenece a un solo país o a una sola región, lo que se manifiesta es el respeto a la soberanía y a la libre determinación:

En el apartado 1 de la resolución indica:

Destaca que la democracia implica el respeto de todos los derechos humanos y las libertades fundamentales, entre otros la libertad de asociación y de reunión pacífica, la libertad de expresión y de opinión, la libertad de pensamiento, de conciencia, de religión o de creencias, el derecho en todas partes al reconocimiento de la personalidad jurídica y el derecho para ser participe en dirigir los asuntos públicos, de forma directa o por medio de los representantes libremente elegidos, a votar en un sistema pluralista de partidos y organizaciones políticas y a ser elegido en elecciones periódicas, auténticas, libres y limpias realizadas por sufragio universal e igual y por voto secreto que garantice la libre expresión de la voluntad de los electores, así como el respeto del estado de derecho, la separación de poderes, la independencia del poder judicial, la transparencia y la rendición de cuentas en la administración pública y los procesos de adopción de procesos de adopción de decisiones y la existencia de medios de comunicación libres, independientes y pluralistas (Consejo de Derechos Humanos, 2012)

En la Carta Democrática Interamericana (2001) se puede leer “que son elementos esenciales de la democracia representativa, entre otros, el respeto a los derechos humanos y las libertades fundamentales; el acceso al poder y su ejercicio con sujeción al Estado de derecho”(art. 3). Se añade a lo citado, celebrar elecciones libres, en el marco del respeto, en base al sufragio secreto y universal, en el marco de la soberanía popular. Asimismo, debe tenerse un régimen pluralista de partidos, así como de organizaciones políticas; separando los poderes públicos.

Alexy citado por Villaseñor (2015) considera la existencia de tres posturas para comprender la relación entre democracia y los derechos humanos: una ingenua, otra idealista, por último, una realista. Donde: “la primera no reconoce ningún conflicto en las dos nociones de un mismo ideario diverso; la segunda postura reconoce conflictos, pero aspira a conciliarlos. La tercera visión, considera que los derechos humanos son a la vez democráticos y antidemocráticos” (p. 1115)

La Democracia y derechos humanos están indisolublemente unidos. La teoría y la experiencia histórica permite demostrar que solamente en un Estado de derecho resulta posible el reconocimiento de los principios que rigen de derechos humanos; “así como sólo puede calificarse a una sociedad de democrática cuando en ella se respetan tales derechos. Y esto no se refiere únicamente a su vigencia jurídica, sino a su realización efectiva en la cotidianidad” (Zuñiga, 2011, p. 5).

Los resultados obtenidos muestran que la democracia ha evolucionado a lo largo el tiempo, incorporando nuevos elementos y desafíos. Se discute la importancia de la democracia en la protección de los derechos humanos y su papel en la sociedad contemporánea. Se destacan las diferentes interpretaciones del concepto de democracia y su relación con la participación ciudadana.

Conclusiones

La palabra democracia conceptualmente hablando ha tenido diferentes interpretaciones, los griegos establecieron como el poder del pueblo, la voluntad absoluta del pueblo sin embargo las polis de Atenas donde se utilizó esta terminología para las opiniones políticas o dentro de las designaciones de Magistrados no intervenían ni las mujeres ni los esclavos.

La democracia no tiene un solo aspecto sino va encaminado desde la óptica de cada país o cada región, tanto existe democracia en los regímenes liberales como en los regímenes socialistas, lo segundo va encaminado que es la propia voluntad de las mayorías que han decidido mantener una forma de gobierno que le conviene y satisface sus necesidades básicas. Para los organismos intergubernamentales reconocen que la democracia representada en la expresión popular es fundamental para garantizar la paz, la seguridad, la estabilidad de los países y su desarrollo.

La democracia y los derechos humanos están intrínsecamente vinculados, siendo fundamentales para el funcionamiento de un Estado de derecho democrático. Es crucial garantizar el respeto a los derechos fundamentales en la práctica diaria para que una sociedad pueda considerarse verdaderamente democrática. La diversidad de interpretaciones sobre la democracia refleja la complejidad y la riqueza de este concepto en diferentes contextos históricos y culturales.

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Recibido: 15 de Septiembre de 2023; Aprobado: 31 de Mayo de 2024

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