Scielo RSS <![CDATA[Foro: Revista de Derecho]]> http://scielo.senescyt.gob.ec/rss.php?pid=2631-248420210002&lang=es vol. num. 36 lang. es <![CDATA[SciELO Logo]]> http://scielo.senescyt.gob.ec/img/en/fbpelogp.gif http://scielo.senescyt.gob.ec <![CDATA[Editorial]]> http://scielo.senescyt.gob.ec/scielo.php?script=sci_arttext&pid=S2631-24842021000200003&lng=es&nrm=iso&tlng=es <![CDATA[Subjetividad de las máquinas en toma de decisiones judiciales]]> http://scielo.senescyt.gob.ec/scielo.php?script=sci_arttext&pid=S2631-24842021000200009&lng=es&nrm=iso&tlng=es RESUMEN El cuestionamiento de la subjetividad del agente legal que, ejecutando sus labores y basada en discrecionalidad judicial imprime aspectos particulares como emociones, propios de la esencia humana en la sentencia, es el tema central de este artículo. Con la implementación de nuevos actores como jueces digitales, estos aspectos adquieren un papel relevante por quien ahora se encarga de deliberar. El objetivo del artículo es evaluar el papel de la subjetividad, inicialmente desde el rol de jueces y/o juezas, para luego involucrar programadores y programadoras de inteligencia artificial que asisten tareas en la toma de decisiones judiciales. ¿Qué pasa con la subjetividad que ya no impregna directamente el encargado de juzgar? En otras palabras, la empatía que genera en la actualidad el agente judicial encuentra nuevos aliados con quienes trabajan mancomunadamente. El análisis está basado en artículos que profundizan temas como decisiones judiciales, emociones e inteligencia artificial. Temáticas trabajadas desde conocedores de ciencias como derecho y tecnología que unifican esfuerzos para dar origen a conocimiento superior artificial. Al procesar grandes volúmenes de información emanan una sentencia, que en vector doctrinal anhela mantener certeza jurídica y cumplir con buenas prácticas que ocasionen en la sociedad aceptación y legitimidad.<hr/>ABSTRACT The questioning of the subjectivity of the legal agent who, executing their work and based on judicial discretion, prints particular aspects such as emotions, typical of the human essence in the sentence, is the central theme of this article. With the implementation of new actors such as digital judges, these aspects acquire a relevant role for those who are now in charge of deliberating. The objective of the article is to evaluate the role of subjectivity, initially from the role of judges, to later involve artificial intelligence programmers who assist tasks in making judicial decisions. What about the subjectivity that would no longer directly permeate the one in charge of judging? In other words, the empathy that the judicial agent currently generates finds new allies with whom they work together. The analysis is based on articles that deepen into issues such as judicial decisions, emotions and artificial intelligence. Topics worked from connoisseurs of sciences such as law and technology that unify efforts to give rise to artificial superior knowledge. When processing large volumes of information, they emanate a sentence, which as a doctrinal vector wishes to maintain legal certainty and comply with good practices that cause acceptance and legitimacy in society. <![CDATA[La regulación de las monedas digitales: experiencias compartidas desde el derecho europeo y francés]]> http://scielo.senescyt.gob.ec/scielo.php?script=sci_arttext&pid=S2631-24842021000200029&lng=es&nrm=iso&tlng=es RESUMEN El presente artículo aborda el fenómeno social de creación monetaria, en el mundo digital, que ha ido creciendo de manera constante en los últimos años. El objetivo es compartir la experiencia del derecho europeo y francés en su intento por de- terminar el estado jurídico de las monedas digitales, particularmente a la luz de la llamada “cadena de bloques” como el aspecto técnico que caracteriza su creación y funcionamiento. La metodología empleada se basa en investigación documental y análisis de las diversas fuentes jurídicas, concretamente de la doctrina, las leyes y la jurisprudencia. El estudio apunta a que es primordial una regulación de la cadena de bloques como el elemento base de estas; un enfoque pragmático en la calificación jurídica de tal elemento técnico conforme a los diversos usos de los que puede ser objeto; así como la necesidad de un acuerdo internacional armonizado que considere su carácter transfronterizo en vista de brindar seguridad jurídica a los usuarios. Como conclusión se tiene que las monedas digitales no pueden ser calificadas como monedas de curso legal. No obstante, el hecho de que sean socialmente aceptadas como medios de pago, así como su carácter multifacético que las presta a diversos fines, hace que los actores del derecho opten por una posición pragmática encuadrándolas jurídicamente conforme al uso que de ellas se hace.<hr/>ABSTRACT This article addresses the social phenomenon of monetary creation, in the digital world, that has been growing steadily in recent years. The aim is to share the experience of the European and French law in its attempt to determine the legal status of the so-called digital currencies, particularly considering the blockchain as the technical aspect that characterizes their creation and operation. The methodology employed is based on documentary research and analysis of the various legal sources, specifically doctrine, legislation, and case law. The study points out that a regulation of the blockchain as the basic element of cryptocurrencies is essential; a pragmatic approach in the legal qualification of such technical element according to the different uses that can be made of it; as well as the need for a harmonized international agreement considering its cross-border nature to provide legal certainty to users. In conclusion, digital currencies cannot be qualified as legal tender. However, the fact that they are socially accepted as means of payment, as well as their multifaceted character that lends them to various purposes, make the legal actors to adopt a pragmatic approach framing them legally according to the use that is made of them. <![CDATA[Panorama actual del bitcóin. Una descripción práctica y jurídica de las criptomonedas en Colombia y Ecuador]]> http://scielo.senescyt.gob.ec/scielo.php?script=sci_arttext&pid=S2631-24842021000200049&lng=es&nrm=iso&tlng=es RESUMEN El bitcóin es una tecnología originada en el año 2009 que pretende implementar un sistema de pagos descentralizado entre personas. El presente trabajo se realiza con el fin de dar a conocer dicha tecnología, la cual denota importancia debido a las funcionalidades y oportunidades que ofrece para todo tipo de individuos, desde aquellos que buscan un refugio de valor para su patrimonio, hasta los que desean invertir su dinero o simplemente entender su funcionamiento y utilizarla en el día a día. Este escrito expone los orígenes del bitcóin, así como sus principales características y funcionamiento. Además, analiza sus ventajas y desventajas desde un punto de vista práctico y hace un énfasis especial en la regulación jurídica existente alrededor de las criptomonedas en Colombia y Ecuador. A través de una metodología descriptiva y utilizando herramientas cualitativas y cuantitativas, se logró determinar un crecimiento progresivo del bitcóin durante los últimos años, no solo en términos de valor, sino también de adopción y de seguridad. Por este motivo, tanto Colombia como Ecuador deben adaptar sus regulaciones jurídicas, con el fin de estar a la altura de la era digital en la que nos encontramos y aprovechar con ello los beneficios de este fenómeno en lugar de impedir su desarrollo.<hr/>ABSTRACT Bitcoin is a technology originated in 2009 that aims to implement a decentralized payment system between people. The present work is carried out in order to publicize this technology, which denotes importance due to the functionalities and opportunities it offers for all types of individuals, from those who seek a refuge of value for their assets, to those who wish to invest your money or simply understand how it works and use it on a day-to-day basis. This writing exposes the origins of Bitcoin, as well as its main characteristics and operation. In addition, it analyzes its advantages and disadvantages from a practical point of view and places special emphasis on the existing legal regulation around cryptocurrencies in Colombia and Ecuador. Through a descriptive methodology and using qualitative and quantitative tools, it was possible to determine a progressive growth of Bitcoin in recent years, not only in terms of value, but also of adoption and security. For this reason, both Colombia and Ecuador must adapt their legal regulations, in order to live up to the digital age in which we find ourselves and thereby take advantage of the benefits of this phenomenon instead of preventing its development. <![CDATA[Visión general de la normativa francesa y europea sobre los aviones teledirigidos]]> http://scielo.senescyt.gob.ec/scielo.php?script=sci_arttext&pid=S2631-24842021000200073&lng=es&nrm=iso&tlng=es ABSTRACT Since July 2018, the European Union member states have had appropriate regulations governing the manufacture and use of all types of civil drones. Although, most of these states already had national laws governing the use of drones. These are still in force for military and state drones. However, other legal and ethical issues still deserve attention. Prominently, drones raise several issues regarding the protection of privacy and the use of personal data. Indeed, drones used by civilians may be equipped of different types of sensors that can collect a large amount of data. Consequently, the use of drones by companies or amateurs could increase the surveillance effect and even affect the behaviour of individuals. Also, in the context of the increasing use of drones by law enforcement agencies, issues arise regarding the limits applied to fundamental rights. Beyond the simple use of camera-equipped drones, it is the various fundamental rights they reach that are of most concern. The use of aerial drones for surveillance purposes is the most representative case in this regard. In order to avoid abuses, some States are working to develop regulations to govern the use of drones by law enforcement and rescue services.<hr/>RESUMEN Desde julio de 2018, los estados miembros de la Unión Europea cuentan con una normativa adecuada que regula la fabricación y el uso de todo tipo de drones civiles. Aunque, la mayoría de estos estados ya tenían leyes nacionales que regulaban el uso de drones. Estas siguen vigentes para los drones militares y estatales. Sin embargo, otras cuestiones jurídicas y éticas siguen mereciendo atención. Principalmente, los drones plantean varias cuestiones relacionadas con la protección de la privacidad y el uso de datos personales. En efecto, los drones utilizados por los civiles pueden estar equipados con diferentes tipos de sensores que pueden recoger una gran cantidad de datos. En consecuencia, el uso de vehículos aéreos no tripulados por parte de empresas o aficionados podría aumentar el efecto de vigilancia e incluso afectar al comportamiento de los individuos. Asimismo, en el contexto del creciente uso de drones por parte de las fuerzas del orden, se plantean cuestiones relativas a los límites aplicados a los derechos fundamentales. Más allá del simple uso de drones equipados con cámaras, lo que más preocupa son los diversos derechos fundamentales que alcanzan. El uso de drones aéreos con fines de vigilancia es el caso más representativo en este sentido. Para evitar abusos, algunos Estados están trabajando en la elaboración de una normativa que regule el uso de drones por parte de las fuerzas de seguridad y los servicios de rescate. <![CDATA[E-justicia en Ecuador: inclusión de las TIC en la administración de justicia]]> http://scielo.senescyt.gob.ec/scielo.php?script=sci_arttext&pid=S2631-24842021000200091&lng=es&nrm=iso&tlng=es RESUMEN Las nuevas tecnologías irrumpieron con fuerza y nos han situado en lo que se conoce como la 4.0 revolución industrial; han tenido incidencia directa en cada aspecto de nuestras vidas privadas así como en la administración pública, incluyendo a la justicia. Hoy en día, ya podemos hablar de un nuevo concepto que ha nacido de la introducción de las TIC al derecho: la e-justicia. En ese contexto, este artículo pretende en primer lugar, situar a la administración de justicia en el marco de lo que se considera la última revolución industrial, para luego intentar definir la e-justicia desde las ventajas que la implementación de esta representa; en un siguiente apartado, se abordará el aporte de las innovaciones y herramientas tecnológicas a la e-justicia en Ecuador, en base a cuatro usos troncales de las TIC relacionadas a la administración de justicia: la información, la gestión, la relación y la decisión, conforme la clasificación que hace Pere Fabra. El análisis se realizará desde una visión descriptiva y crítica, considerando la normativa vigente así como los adelantos existentes en otros países. La metodología de este trabajo es cualitativa, teórico exploratoria y se precisan como resultados los avances, así como los retos de la implementación de las TIC en la administración de justicia en Ecuador.<hr/>ABSTRACT The irruption of new technologies has placed us in what is known as the 4.0 industrial revolution; they have had an impact on every aspect of our private lives as well as on public administration, including Justice. Today, there is already a new concept that was born from the introduction of ICTs to law: e-justice. In this context, this article aims, firstly, to place the administration of justice within the framework of what is considered the latest industrial revolution, then it will try to define e-justice taking into account the advantages that its implementation represents to approach the contribution of technological innovations to e-justice in Ecuador based on four core uses of ICTs related to the administration of justice: information, management, relationship and decision, according to the classification made by Pere Fabra. The analysis will be carried out from a descriptive and critical perspective, considering regulations in force as well as existing advances in other countries. The methodology of this work is qualitative, theoretical exploratory and are intented as results the progress as well as the challenges of the implementation of ICTs in the administration of justice in Ecuador. <![CDATA[Implicaciones jurídicas del algoritmo: derechos intelectuales y privacidad]]> http://scielo.senescyt.gob.ec/scielo.php?script=sci_arttext&pid=S2631-24842021000200111&lng=es&nrm=iso&tlng=es RESUMEN El presente trabajo, pretende reflexionar sobre los algoritmos, su naturaleza jurídica y la importancia para el derecho; elementos piramidales como los datos personales, el big data, el software y la inteligencia artificial que en conjunto constituyen un ecosistema jurídico poshumano, afectando las dinámicas sociales, económicas y jurídicas. A partir de lo enunciado, se generan reflexiones sobre el derecho como parte fundamental del ecosistema. De acuerdo a los objetivos planteados, partiré de las dos principales corrientes del derecho: tanto el ius positivismo como el ius naturalismo. La investigación es de corte documental, teórica y legislativa; por tanto, el método de investigación elegido será fundamentalmente el nominalismo, empero lo holístico servirá de manera transversal. En esa línea, las técnicas empleadas son de estilo documental, a través del análisis de doctrina, normativa y jurisprudencia. Es necesario realizar una reinterpretación, otorgando nuevas visiones al régimen y la dogmática jurídica en su relación con los principios y derechos. Los principios básicos del derecho sirven como orientadores ante los fenómenos tecnológicos y permiten identificar la necesidad de reconocer derechos como el anonimato o la criptografía. El reto consiste en reducir la exclusión y discriminación heredados, por medio de regulaciones algorítmicas reflejo de un nuevo paradigma ético, justo y equilibrado, incluyendo los sectores periféricos que regularmente no son parte de la data formal o el establishment.<hr/>ABSTRACT This work attempts to reflect on algorithms, their legal nature, and their critical role in law. Pyramidal elements such as personal data, big data, software, and artificial intelligence that create a post-human legal ecosystem ultimately affect social, economic, and legal dynamics. Based on the above elements, reflections are generated about jurisprudence as a fundamental element of this ecosystem. According to the proposed objectives, my focus will be on two main law theories, ius positivism and ius naturalism. The research is theoretical and legislative; therefore, the chosen methodology will mainly be nominalism, but the holistic approach will serve as a transversal method. Along these lines, the techniques used are theoretical style, doctrine analysis, norms, and jurisprudence. It is vital to carry out a reinterpretation, granting a new vision to the regime and legal dogmatics in its relationship with principles and rights. The basic principles of law serve as guides to technological phenomena and allow us to identify the importance of rights such as anonymity or cryptography. The challenge is to reduce inherited exclusion and discrimination through algorithmic regulations reflecting a new ethical, fair, and balanced paradigm, including the peripheral sectors that are not regularly part of the formal data or the establishment. <![CDATA[El principio de precaución en salud como pilar del control constitucional en Colombia]]> http://scielo.senescyt.gob.ec/scielo.php?script=sci_arttext&pid=S2631-24842021000200131&lng=es&nrm=iso&tlng=es RESUMEN El artículo realiza un comentario a la jurisprudencia del principio de precaución sobre el derecho a la salud. Lo anterior, con el fin de identificar una base constitucional que permita la implementación de distintas medidas de protección a pesar de no contar con una certeza científica del cien por ciento en determinados casos. Para ello, se utilizará un método dogmático no formal, centrando el estudio de la problemática desde un punto de vista teórico, pero manteniendo un contacto con la realidad fáctica y social del problema. Como técnica se usa la recolección de datos, principalmente, la jurisprudencia de la Corte Constitucional de Colombia y artículos académicos que permitan contextualizar el desarrollo del principio. El resultado de la investigación permite observar la aplicación del principio de precaución en salud por el uso del glifosato o por el transporte de carbón, así mismo, ante explotación de hidrocarburos e incluso ante la instalación de antenas de telefonía móvil. En el artículo se concluye que, ante la imprevisibilidad del desarrollo científico, lo pertinente es aplicar las medidas necesarias que impidan la ocurrencia del daño o el riesgo de los derechos, para lo cual el principio de precaución es la base más sólida y racional a desarrollar.<hr/>ABSTRACT The article comments on the jurisprudence of the precautionary principle on the right to health. This is done in order to identify a constitutional basis that allows for the implementation of various protective measures, despite the lack of 100 percent scientific certainty in some cases. For this purpose, a dogmatic and non- formal method will be used, focusing the study of the problem from a theoretical point of view, but maintaining contact with the factual and social reality of the problem. As a technique, data collection is used, mainly the jurisprudence of the Colombian Constitutional Court and academic articles that allow for the contextualization of the development of the principle. The result of the research allows us to observe the application of the precautionary principle in health due to the use of glyphosate or the transport of coal, as well as in the face of hydrocarbon exploitation and even the installation of mobile telephone antennas. The article concludes that, in view of the unpredictability of scientific development, the pertinent thing to do is to apply the necessary measures to prevent the occurrence of damage or risk to rights, for which the precautionary principle is the most solid and rational basis to be developed. <![CDATA[La importancia del principio de capacidad contributiva en el régimen tributario ecuatoriano]]> http://scielo.senescyt.gob.ec/scielo.php?script=sci_arttext&pid=S2631-24842021000200149&lng=es&nrm=iso&tlng=es RESUMEN La Constitución de la República del Ecuador, en su artículo trescientos, no ha incluido al principio de capacidad contributiva como una de las máximas que modelan el régimen tributario nacional. No obstante, la Corte Constitucional ecuatoriana a través de varias sentencias, ha emitido pronunciamientos de gran valía acerca de la importancia de este principio, llegando a afirmar que el mismo constituye un eje transversal que tiene como fundamento la obligatoriedad de tributar; inclusive siendo considerada como la base de la cuantía de los aportes, de la misma forma como el límite de la presión tributaria. Este principio busca que las personas contribuyan al financiamiento del gasto público de forma moderada, atendiendo a su capacidad real, siempre y cuando se desprendan manifestaciones de riqueza verificables, es por esto que el legislador al momento de la configuración de un nuevo tributo, se encuentra en la obligación de considerarlo. La importancia de esta máxima para el Régimen Tributario ecuatoriano es innegable, pues está erigida como garantía de los sujetos, evitando que las fuentes de riqueza sean trastocadas con la instauración de tributos desmesurados que ultimadamente podrían ser considerados como inconstitucionales, por el hecho de poner en riesgo la armonía tributaria que supone la interrelación de los principios constitucionales, incluyendo el de capacidad contributiva.<hr/>ABSTRACT The Constitution of the Republic of Ecuador, in its article three hundred, has not included the ability to pay principle as one of the principles that shape the natio- nal tax regime. However, the Ecuadorian Constitutional Court, through several rulings, has issued statements of great value on the importance of this principle, affirming that it constitutes the transversal axis that is based on the obligation to pay taxes; even being considered as the ground of the amount of contributions, and the limit of the tax burden. This principle seeks to make people contribute to the financing of public spending in an adequate way, according to their real capacity, as long as there are manifestations of demonstrable wealth, that is why the lawmaker at the time of the formation of a new levy, finds himself in the obligation to consider it. The importance of this maxim for the Ecuadorian Tax Regime is undeniable, since it stands as guarantee of the subjects, preventing the sources of wealth from being disrupted with the establishment of excessive loads that could ultimately be considered unconstitutional, because of putting at risk the tax harmony that involves the interrelation of constitutional principles, including the ability to pay principle. <![CDATA[Análisis de clústers jurisprudenciales en el área andina: acercamiento mixto al <em>ius constitutionale commune</em>]]> http://scielo.senescyt.gob.ec/scielo.php?script=sci_arttext&pid=S2631-24842021000200169&lng=es&nrm=iso&tlng=es RESUMEN El presente documento propone un acercamiento de tipo mixto a la jurisprudencia de tres cortes constitucionales americanas, respecto al uso de jurisprudencia vinculante emitida desde el Sistema Interamericano de Derechos Humanos (SIDH), con el de demostrar empíricamente la existencia de un Ius Constitucionale Commune. Este concepto es un fenómeno de construcción de una comunidad jurídica alrededor de la Convención Americana de Derechos Humanos y el corpus iuris interamericano, sostenida en la idea de estándares provenientes del derecho internacional y aprovechadas por las Altas Cortes. Este texto explora esa posibilidad, mediante un levantamiento de información cuali-cuantitativa de la jurisprudencia de las Cortes Constitucionales peruana, colombiana y ecuatoriana durante el año 2020, procesadas por la metodología del análisis de redes sociales (social network análisis). Los datos obtenidos demuestran: a) un uso más o menos constante la jurisprudencia del SIDH; y b) la posibilidad fáctica de este fenómeno como un elemento que puede ser estudiado en nuestra región como una muestra de una auténtica estructura integracionista del derecho constitucional.<hr/>ABSTRACT This document proposes a mixed type approach to the jurisprudence of three American constitutional courts, regarding the use of binding jurisprudence issued from the Inter-American Human Rights System (SIDH), in order to empirically demonstrate the existence of a Ius Constitucionale Commune. This concept is a phenomenon of construction of a legal community around the American Convention on Human Rights and the inter-American corpus iuris, supported by the idea of standards derived from international law and taken advantage of by the High Courts. This text explores this possibility, through a survey of qualitative- quantitative information on the jurisprudence of the Peruvian, Colombian and Ecuadorian Constitutional Courts during 2020, processed by the methodology of social network analysis (social network analysis). The data obtained demonstrate: a) a more or less constant use of the jurisprudence of the IAHRS; and b) the factual possibility of this phenomenon is an element that can be studied in our region as a sample of an authentic integrationist structure of constitutional law. <![CDATA[<strong>Pluralismo jurídico: avances constitucionales actuales</strong>]]> http://scielo.senescyt.gob.ec/scielo.php?script=sci_arttext&pid=S2631-24842021000200193&lng=es&nrm=iso&tlng=es RESUMEN El reconocimiento del pluralismo jurídico por el Derecho Internacional de los Derechos Humanos, especialmente por el Convenio 169 de la OIT, así como su positivización en las Constituciones de algunos Estados de América Latina, permiten afirmar que este principio debe transitar de su fase fundacional a la fase de su consolidación. Este artículo pretende, por medio de un método exploratorio y de- ductivo, describir la actual perspectiva con la que se estudia el pluralismo jurídico evidenciando un problema de abordaje desde la ciencia jurídica, puesto que la sociología y la antropología jurídica que lo estudian actualmente no consultan el derecho, originando una crisis y un estancamiento en el desarrollo del concepto. La solución, evidente, es que el estudio del pluralismo jurídico debe realizarse normativamente desde la perspectiva del derecho. Solo así se facilitará el diálogo normativo e interjurisdiccional entre el derecho indígena y el derecho estatal en sentido estricto, que efectivice el pluralismo jurídico. En Colombia, la Jurisdicción Especial para la Paz es una muestra de ese inicio de diálogo entre jurisdicciones.<hr/>ABSTRACT The recognition of legal pluralism by International Law on Human Rights, especially by Convention 169 of the ILO, as well as its positivization in the Constitutions of some Latin American States, allows us to affirm that this principle must move from its foundational phase to the phase of its consolidation. This article aims to describe the current perspective with which legal pluralism is studied, showing a problem of approach based on the lack of coordination and articulation between legal science, legal sociology and legal anthropology, causing a crisis and a stagnation in the development of the concept. The solution, of course, is that the study of legal pluralism must be carried out from the perspective of law. This is the only way to facilitate a normative and interjurisdictional dialogue between indigenous law and State law in the strict sense, which will make legal pluralism effective. In Colombia, the Special Jurisdiction for Peace is an example of this beginning of dialogue between jurisdictions.