Scielo RSS <![CDATA[Iuris Dictio]]> http://scielo.senescyt.gob.ec/rss.php?pid=2528-783420170002&lang=es vol. num. 20 lang. es <![CDATA[SciELO Logo]]> http://scielo.senescyt.gob.ec/img/en/fbpelogp.gif http://scielo.senescyt.gob.ec <![CDATA[Presentación del dossier. Vigilar al Vigilante: los ajustes necesarios en el Sistema Interamericano de Derechos Humanos]]> http://scielo.senescyt.gob.ec/scielo.php?script=sci_arttext&pid=S2528-78342017000200015&lng=es&nrm=iso&tlng=es <![CDATA[Mecanismos formales e informales para el reconocimiento de nuevos derechos y la disfuncionalidad del sistema interamericano de derechos humanos]]> http://scielo.senescyt.gob.ec/scielo.php?script=sci_arttext&pid=S2528-78342017000200019&lng=es&nrm=iso&tlng=es Resumen El reconocimiento de nuevos derechos y estándares de derechos humanos en el ámbito del Sistema Interamericano de Derechos Humanos ha seguido distintas lógicas. En este artículo categorizamos mecanismos formales e informales a partir de un estudio del marco jurídico interamericano y la jurisprudencia de sus órganos. Este análisis crítico pretende reflexionar sobre el avance de estos mecanismos dentro del sistema interamericano y su discutida legitimidad democrática.<hr/>Summary The acknowledgement of new rights and human rights standards in the context of the Inter-American System of Human Rights had followed different logics. This paper categorizes formal and informal mechanisms regarding the inter-american legal framework and the jurisprudence of its organs. Here we propose a critical analysis of the progress of the inter-american system of human rights’ mechanisms and its debated democratic legitimacy. <![CDATA[<strong>¿Qué citan los citados?: nichos de conocimiento en el sistema interamericano de protección de derechos humanos</strong>]]> http://scielo.senescyt.gob.ec/scielo.php?script=sci_arttext&pid=S2528-78342017000200035&lng=es&nrm=iso&tlng=es Resumen El presente documento busca, a través de un estudio cualitativo-cuantitativo en torno al análisis de redes, examinar los nichos epistémicos existentes en la Corte Interamericana de Derechos Humanos, centrándose en el último periodo de sesiones, que de acuerdo a las teorías incrementales contaría con la jurisprudencia más avanzada. Se busca comprobar mediante la metodología de análisis de redes sociales, si la elección de las sentencias para dar soporte al ratio decidendi de la Corte Interamericana obedece a una elección racional o si es una decisión temática. El texto concluye explicando que, aunque hay elementos que demuestran una elección racional, no existe en la norma algo parecido a un hilo conductor de la jurisprudencia, fuera de la expansión tradicional de derechos; y que las conexiones posibles entre casos obedecen a elementos de racionalidad limitada.<hr/>Summary The present document seeks to examine, through a qualitative-quantitative study based on the analysis of social networks, the epistemic niches in the Inter-American Court of Human Rights, focusing on the last session period, which, according to incremental theories, has the most advanced jurisprudence. It seeks to verify, with the use of social network analysis, if the choice of sentences to support the decisions of the Inter-American Court obeys a rational choice or if it is a thematic decision. The text concludes by explaining that, although there are elements that show a rational decision, there does not appear to be a main theme to jurisprudence, beyond the traditional expansion of rights; and that the possible connections between the cases obey elements of limited rationality. <![CDATA[<strong>La Convención Americana sobre Derechos Humanos, Actualizada por la Corte Interamericana</strong>]]> http://scielo.senescyt.gob.ec/scielo.php?script=sci_arttext&pid=S2528-78342017000200053&lng=es&nrm=iso&tlng=es Resumen El presente trabajo busca posibilitar que el público no especializado acceda a la jurisprudencia de la Corte Inter-Americana de Derechos Humanos. Para hacerlo, intercala la jurisprudencia de la Corte Interamericana en la Convención Americana sobre Derechos Humanos. Esta incorporación se hace utilizando el formato prescriptivo y conciso que tienen los tratados internacionales, de modo que el resultado no sea un manual ni un compendio de Derecho, sino que un documento breve y de fácil consulta.<hr/>Summary This work attempts to provide an instrument allowing non-specialized readers to become acquainted with the Inter-American Court of Human Rights case law. In order to do so, it inserts the Inter-American Court’s case law into the American Convention on Human Rights. The author makes this insertion using the prescriptive and concise format of international treaties, so that the result of this work is neither a manual nor a casebook, but a document that is brief and easy to consult. <![CDATA[<strong>El Sistema Interamericano de Derechos Humanos -SIDH- y la (¿real?) falta de apoyo regional</strong>]]> http://scielo.senescyt.gob.ec/scielo.php?script=sci_arttext&pid=S2528-78342017000200087&lng=es&nrm=iso&tlng=es Resumen En 2008, el profesor Gerald Neuman publicó un artículo que dio lugar al debate no sólo sobre la relevancia del Sistema Interamericano de Derechos Humanos (SIDH), sino también sobre su legitimidad en la región. Después de casi 10 años de publicar ese artículo, el presente trabajo revisará uno de los pilares que permitió al Profesor Neuman construir sus argumentos y que muchos otros también habían mencionado: el muy bajo cumplimiento de las decisiones de la Corte y su relación con la noción de “eficacia” o “legitimidad” del Tribunal regional y con su mecanismo de interpretación de la Convención. El trabajo concluye en la necesidad de explorar como mecanismo de interpretación del tratado la búsqueda de un consenso regional sobre el alcance y concepto de los derechos involucrados en las decisiones.<hr/>Summary In 2008, the professor Gerald Neuman published an article that generated debate not only on the relevance of the Inter-American System of Human Righst (IASHR), but also its legitimacy in the región. After almost 10 years after publishing this article, this work will review one of the pillars that allowed Professor Neuman to build his arguments and which many others have mentioned: the very low compliance with decisions made by the Court and their relationship with the notion of “efficiency” or “legitimacy” of the regional Tribunal and with its mechanism of interpreting the Convention. The work concludes with the necessity of exploring regional consensus of the scope and concept of the rights involved in decisions as a mechanism of interpretation of the treaty. <![CDATA[¿El diálogo como arma? La lucha de los tribunales regionales contra la fragmentación del derecho internacional de los derechos humanos]]> http://scielo.senescyt.gob.ec/scielo.php?script=sci_arttext&pid=S2528-78342017000200105&lng=es&nrm=iso&tlng=es Resumen La Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH), el Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) y la Corte Africana de Derechos Humanos y de los Pueblos (Corte Africana) sostienen un “diálogo judicial” de manera continua. Este artículo argumenta que el diálogo contribuye principalmente a dos aspectos sustanciales. Primero, es un elemento clave para evitar una fragmentación interna al Derecho Internacional de los Derechos Humanos (DIDH). Segundo, contribuye a la legitimación de cada uno de los sistemas regionales al momento de dotar de contenido y alcance a las obligaciones existentes en los tratados constitutivos. Se concluye que, en la medida en que se amplíe el diálogo y se consolide su utilización, se permitirá dotar de mayor coherencia a los sistemas regionales de protección de los derechos humanos.<hr/>Summary The Inter-American Court of Human Rights, the European Court of Human Rights and the African Court of Human and Peoples' Rights maintain an ongoing “judicial dialogue”. This article argues that the dialogue contributes mainly to two substantive aspects. First, it is a key element to avoid an internal fragmentation of International Human Rights Law. Second, it contributes to the legitimacy of each of the regional systems since it provides scope and content to the obligations established in each of the constituent treaties. It is concluded that, insofar as the dialogue is broadened and its use is consolidated, it will contribute to give more coherence to regional human rights protection systems. <![CDATA[Lo bueno, lo malo, lo feo y lo deseable en la (s)elección de integrantes de la Comisión y la Corte interamericana de derechos humanos]]> http://scielo.senescyt.gob.ec/scielo.php?script=sci_arttext&pid=S2528-78342017000200119&lng=es&nrm=iso&tlng=es Resumen Los procesos de elección de quienes integran la Comisión y Corte interamericana de derechos humanos son uno de los temas que, a pesar de su importancia, menos análisis y debate han generado cuando se habla de fortalecer el sistema interamericano de derechos humanos. Por esa razón, en este artículo se busca llenar algunos de esos vacíos a partir de describir y analizan dichos procesos por medio de la identificación de lo positivo, lo negativo y lo reprochable que tienen. Una vez establecido eso, y buscando generar debate, en el artículo se hace una propuesta respecto a cómo sería deseable que se desarrollaran esos procesos de elección, no sólo ante la Asamblea General de la Organización de Estados Americanos, sino también desde los procesos nacionales que se deberían seguir para tal fin.<hr/>Summary The election process of members of both the Inter-American Human Rights Commission and the Court is one of the topics that, despite its importance, has been scarcely analyzed and debated when discussing how to strengthen the Inter-American Human Rights System. For that reason, this paper seeks to fill some of these gaps by describing and analyzing election processes and, at the same time, identifying the positive, the negative and the reprehensible aspects of such processes. After that, and seeking to generate debate, this paper proposes how the election process should be developed, not only within the General Assembly of the Organization of American States, but also national nomination processes. <![CDATA[El derecho de sufragio de personas extranjeras: De la tradición exclusionista a la desnacionalización de los derechos. Una mirada desde el derecho comparado]]> http://scielo.senescyt.gob.ec/scielo.php?script=sci_arttext&pid=S2528-78342017000200139&lng=es&nrm=iso&tlng=es Resumen En la actualidad, el reconocimiento de derechos políticos a personas extranjeras ha recibido cierta apertura Europa y Latinoamérica; no obstante, la visión marshalliana1 de ciudadanía no ha sido superada y la nacionalidad permanece como el elemento condicionante para el reconocimiento pleno del derecho de sufragio. El mundo globalizado exige que el Estado evolucione, dejando de lado los miedos y paranoias del pasado, para permitir la universalización del sufragio, la obtención de una verdadera democracia representativa y la plena legitimación democrática. Este artículo analiza el derecho de sufragio de personas extranjeras desde la tradición exclusionista clásica hasta la integración de extranjeros a través de la desnacionalización de los derechos políticos, para a partir de ahí contrastar las distintas posturas y alcances que le han dado varios países de Europa y América Latina.<hr/>Summary Recognition of political rights for foreigners has received certain openness in Europe and Latin America; however, the Marshallian view of citizenship has not been overcome and nationality remains as the determining factor for full recognition of the right to vote. This globalized world requires State’s evolution, leaving fears and paranoia behind to permit universal suffrage, real representative democracy, and full democratic legitimation. This article analyzes foreigners’ right to vote from the classic exclusionist tradition to the full integration of foreigners through the denationalization of political rights; from there it contrasts the different postures and scopes that numerous countries form Europe and Latin America have given to this right. <![CDATA[Ajudicación constitucional en el sistema de la separación de poderes: ompactos americanos en Hungría]]> http://scielo.senescyt.gob.ec/scielo.php?script=sci_arttext&pid=S2528-78342017000200155&lng=es&nrm=iso&tlng=es Resumen Alrededor del mundo se pueden encontrar dos modelos básicos de adjudicación constitucional: el americano y el kelseniano. A primera vista se podría diferenciar fácilmente el uno del otro por el mero hecho de que en el modelo americano no hay una corte constitucional separada. La adjudicación constitucional está, así, incorporada en el propio sistema jurídico. Este trabajo propone que dicha diferenciación es más complicada de lo que parece y que el fundamento de distinción no es la existencia de una corte constitucional. Al seguir un enfoque funcional este trabajo busca, en cambio, analizar si la actividad de adjudicación constitucional es más cercana al poder judicial o bien es una “legislación negativa”, tal como pensaba Kelsen. Este enfoque se articula en un análisis de la separación de poderes y competencias de las cortes constitucionales, especialmente a partir de dos nociones: la revisión abstracta del derecho y el reclamo individual. La nueva constitución de Hungría cambió el papel de la corte constitucional. Este trabajo concluye que debido a estas modificaciones el sistema de adjudicación constitucional húngaro tomó un giro desde el modelo kelseniano hacia aquel americano.<hr/>Summary Throughout the world one can find two basic models of constitutional adjudication: the American and the Kelsenian ones. At first sight one could easily differentiate them with the mere fact that in the American model there is no separate constitutional court; constitutional adjudication is incorporated into the judicial system. The essay argues that the differentiation is more complicated. The base of distinction is not the existence of a constitutional court. The essay chooses a functional approach and analyses if the activity of constitutional adjudication is closer to the judicial branch or it is “negative legislation” as Kelsen originally thought. Such an approach requires the analysis of separation of powers and the competences of constitutional courts; especially the abstract law review and individual complaint. Hungary’s new constitution changed the role of the constitutional court. The essay concludes that due to the changes the Hungarian system of constitution adjudication made a great step towards the American model from the Kelsenian one. <![CDATA[Evaluación psiquiátrica-psicológica forense de simulación. A propósito de un caso forense real]]> http://scielo.senescyt.gob.ec/scielo.php?script=sci_arttext&pid=S2528-78342017000200167&lng=es&nrm=iso&tlng=es Resumen Simular en un proceso legal es fingir el estado mental que no se posee, para obtener una disminución o anulación de la responsabilidad penal. Los psiquiatras y psicólogos forenses y los administradores de justicia tienen la dificultad de determinar si una persona implicada en un proceso legal presenta o no una enfermedad mental que modifique la culpabilidad, como se cita en el Código Integral Penal Ecuatoriano en el Art. 34 y Art 36. El objetivo de este artículo es que con la aplicación del protocolo psiquiátrico-psicológico forense se demuestre el diagnostico de simulación, mediante la presentación de un caso forense donde el ciudadano procesado simuló una enfermedad mental con productividad psicopatológica y, una vez que fue el peritaje elevado a prueba en la etapa de juicio, fue sentenciado como culpable, esclareciendo el diagnóstico de simulación. Todo ello con el propósito de demostrar que la simulación no modifica la imputabilidad.<hr/>Summary Simulate in a legal process is pretending the mental state that is not possessed to obtain a decrease or annulment of criminal responsibility. Forensic psychiatrists and psychologists and justice administrators have the difficulty of determining whether or not a person involved in a legal process has a mental illness that modifies guilt as quoted in COIP in Art. 34 and Art 36. The objective of this article is that with the application of the forensic psychiatric-psychological protocol, the diagnosis of simulation is demonstrated, and with the presentation of a forensic case where the processed citizen simulated a mental illness with psychopathological productivity and once it was the forensic expertise elevated to evidence in the judgment stage, was sentenced as guilty, clarifying the simulation diagnosis. In conclusion, the simulation does not modify imputability. <![CDATA[Una visión sobre el daño moral en la relación de consumo]]> http://scielo.senescyt.gob.ec/scielo.php?script=sci_arttext&pid=S2528-78342017000200179&lng=es&nrm=iso&tlng=es Resumen El daño moral ha sido tratado con asiduidad, tanto en jurisprudencia como en estudios doctrinarios, siendo objeto de una continua evolución. Sin embargo, y a pesar de ser ampliamente analizado y sentenciado en el derecho comparado, en la República del Ecuador no ha existido mayor tratamiento o análisis a la figura del daño moral dentro de la relación de consumo, situación que analizaremos en detalle. Por último, realizaremos una crítica conjuntamente con una exhortación a los tribunales ecuatorianos, en busca de su reconocimiento.<hr/>Abstract Moral damages have been treated with assiduity, both in jurisprudence and in doctrinal studies, being the object of a continuous evolution. However, in spite of being widely analyzed in comparative law, in the Republic of Ecuador there has been no greater treatment or analysis to the figure of moral damages within consumer relations, situation that we will analyze in detail. Finally, we will critique jointly with an exhortation to the Ecuadorian courts, in search of their recognition. <![CDATA[El papel de la Organización de Estados Americanos en la resolución pacífica de conflictos]]> http://scielo.senescyt.gob.ec/scielo.php?script=sci_arttext&pid=S2528-78342017000200193&lng=es&nrm=iso&tlng=es Resumen Este artículo analiza el papel de la OEA en la creación de marcos políticos y adjudicativos para el arreglo pacífico de las disputas entre los Estados americanos. El artículo sugiere que, si bien la OEA ha logrado crear sólidos marcos políticos para el arreglo pacífico de disputas regionales, no logró diseñar marcos adjudicativos igualmente exitosos. La revitalización de los marcos de la OEA para el arreglo pacífico de las controversias mejoraría la paz y la estabilidad regionales; pero también es necesario si la OEA desea seguir siendo la organización regional prominente en el hemisferio occidental.<hr/>Summary This article analyzes the role of the OAS in creating political and adjudicative This article analyzes the role of the OAS in creating political and adjudicative frameworks for the peaceful settlement of the disputes between American states. The article suggests that while the OAS has succeeded in creating strong political frameworks for the pacific settlement of regional disputes, it fell short of designing equally successful adjudicative frameworks. Revitalizing the OAS frameworks for the pacific settlement of disputes would enhance regional peace and stability; it is also necessary if the OAS wishes to remain the prominent regional organization in the Western Hemisphere. <![CDATA[La orientación de mediadores: un analysis de la mediación en Quito]]> http://scielo.senescyt.gob.ec/scielo.php?script=sci_arttext&pid=S2528-78342017000200209&lng=es&nrm=iso&tlng=es Resumen El presente trabajo expone las características de los estilos de mediación facilitativo y evaluativo; y de la visión que el mediador puede adoptar sobre el problema sometido a mediación: amplia y estrecha. Por lo tanto, examina las cuatro posibles orientaciones que puede tomar el mediador: facilitativo con una visión estrecha del problema; facilitativo con una visión amplia del problema; evaluativo con una visión estrecha del problema; y evaluativo con una visión amplia del problema. Posteriormente, se identifica el estilo de mediación y cuál es el problema más suscitado en la ciudad de Quito, así como aquellos preferidos por los abogados que asisten a mediaciones. Para ello, se realizaron encuestas tanto a mediadores como a abogados de Quito a fin de determinar el estilo y la definición del problema por la cual ellos se orientan e identificar la situación actual de la mediación en Quito.<hr/>Summary This paper exposes the characteristics of the facilitative and evaluative mediation styles; and the vision that the mediator can adopt on the problem submitted to mediation: broad and narrow. Thus, it examines the four possible orientations that the mediator can follow: facilitative with a narrow vision of the problem; facilitative with a broad vision of the problem; evaluative with a narrow vision of the problem; and evaluative with a broad vision of the problem. Later, this research identifies the style of mediation and the definition of the problem with greater use in the city of Quito, as well as the ones preferred by the lawyers who attend mediations. To this end, surveys were carried out to both mediators and lawyers from the city of Quito in order to determine the style and vision of the problem to which they are oriented and to identify the current situation of mediation in Quito. <![CDATA[Los derechos humanos de las personas jurídicas. Titularidad de derechos y legitimación en el sistema interamericano. Ignacio De Casas y Fernando Toller (2015). México: Editorial Porrúa]]> http://scielo.senescyt.gob.ec/scielo.php?script=sci_arttext&pid=S2528-78342017000200243&lng=es&nrm=iso&tlng=es Resumen El presente trabajo expone las características de los estilos de mediación facilitativo y evaluativo; y de la visión que el mediador puede adoptar sobre el problema sometido a mediación: amplia y estrecha. Por lo tanto, examina las cuatro posibles orientaciones que puede tomar el mediador: facilitativo con una visión estrecha del problema; facilitativo con una visión amplia del problema; evaluativo con una visión estrecha del problema; y evaluativo con una visión amplia del problema. Posteriormente, se identifica el estilo de mediación y cuál es el problema más suscitado en la ciudad de Quito, así como aquellos preferidos por los abogados que asisten a mediaciones. Para ello, se realizaron encuestas tanto a mediadores como a abogados de Quito a fin de determinar el estilo y la definición del problema por la cual ellos se orientan e identificar la situación actual de la mediación en Quito.<hr/>Summary This paper exposes the characteristics of the facilitative and evaluative mediation styles; and the vision that the mediator can adopt on the problem submitted to mediation: broad and narrow. Thus, it examines the four possible orientations that the mediator can follow: facilitative with a narrow vision of the problem; facilitative with a broad vision of the problem; evaluative with a narrow vision of the problem; and evaluative with a broad vision of the problem. Later, this research identifies the style of mediation and the definition of the problem with greater use in the city of Quito, as well as the ones preferred by the lawyers who attend mediations. To this end, surveys were carried out to both mediators and lawyers from the city of Quito in order to determine the style and vision of the problem to which they are oriented and to identify the current situation of mediation in Quito.